Ordenanza N° 39/1988

  • Fecha de sanción: 28/08/1988
  • N° Promulgación: 1108
  • Decreto Promulgación: 189/88

MODIFICACION ARTICULO 5? DE LA ORDENANZA 17/88, PROMULGADA BAJO EL N?1084, SOBRE OBRA DE ENSANCHE Y

VISTO el expediente nº398/88 (correspondiente al expediente nº213/88 de este Honorable Concejo Deliberante) por el cual el Departamento Ejecutivo solicita la modificación del artículo 5º de la Ordenanza Nº17/88 y promulgada bajo el nº1084, que regula el valor de la contribución a los beneficiarios de la obra de ensanche y cordón cuneta de las avenidas Bozán y Cabral de esta ciudad; y

CONSIDERANDO el informe técnico favorable de obras y servicios públicos, obrante a fojas 2/3, del presente expediente, y el Despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja hacer lugar a lo solicitado;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Modíficase el Artículo 5º de la Ordenanza Nº17/88, y promulgada bajo el nº1084, el que quedar  redactado de la siguiente manera:

«ARTICULO 5º: Establécese un valor básico por metro lineal de frente según la siguiente escala:

TRAMO 1: Avenida Bozán entre Moreno y Cabral.-
Frentistas acera números par =A= 52.90.-
Frentistas acera números impares =A= 98.24.-

TRAMO 2: Avenida Cabral entre Bozán y Emparanza 75.57.-

Tramo 3: Avenida Cabral entre Emparanza y San Martín 123.11.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciseis días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y ocho.-

ORDENANZA Nº39/88.-

Buscar proyecto por concejal