Ordenanza N° 39/2020
- Fecha de sanción: 09/09/2020
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente n° 111/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 3213/2020, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a reconocer y autorizar el pago de la deuda que mantiene la Municipalidad con el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (I.P.S.); que, el expediente 3213-D-2020, iniciado por el Secretario de […]
VISTO el expediente n° 111/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 3213/2020, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a reconocer y autorizar el pago de la deuda que mantiene la Municipalidad con el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (I.P.S.);
que, el expediente 3213-D-2020, iniciado por el Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Saladillo, solicitando se inste, a través del mecanismo correspondiente, el reconocimiento de la deuda que la Municipalidad de Saladillo mantiene con el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (I.P.S.) para su posterior pago;
que, el reclamo de la deuda se origina mediante los expedientes 21557-121421-09; 21557-161063-10; 21557-206581-11 y 21557-242601-13 –todos del I.P.S.- los cuales tienen como basamento, que durante esos períodos se abonaron, a los agentes municipales de la Municipalidad Saladillo, sumas fijas bajo conceptos no remunerativos, sin realizarse las correspondientes retenciones en el entendimiento de que al ser no remunerativas no correspondía efectuarlas;
que, la suma dineraria que se reclama es compatible con los aportes que se hubieran tenido que realizar sobre esas sumas abonadas a los agentes municipales y asciende al importe de $ 5.132.177,68;
que, conforme al artículo 140° del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, aprobado por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, el Departamento Ejecutivo deberá pedir autorización al Concejo Deliberante para abonar deudas reconocidas de ejercicios anteriores; y
CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 9 de setiembre de 2020, este Honorable cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Reconocer y autorizar el pago de la deuda que la Municipalidad de Saladillo mantiene con el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, por la suma de pesos cinco millones ciento treinta y dos mil ciento setenta y siete con 68/100 ($5.132.177,68), conforme a los expedientes 21557-121421-09; 21557-161063-10; 21557-206581-11 y 21557-242601-13 originados por dicho organismo.-
ARTÍCULO 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a acordar planes de pago, como así también a suscribir la documentación que fuera necesaria para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo que antecede.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los nueve días del mes de setiembre del año dos mil veinte.-
ORDENANZA N° 39/2020.-