Ordenanza N° 41/2006

  • Fecha de sanción: 14/11/2006
  • N° Promulgación: 0
  • Decreto Promulgación:

CREAR EL CONSEJO MUNICIPAL DE LA TERCERA EDAD.-

VISTO el expediente nº 198/06, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 4970/06, que eleva proyecto de Ordenanza creando el Consejo Municipal de la Tercera Edad;

que, la problemática del grupo etáreo de mayores de sesenta y cinco años es creciente;

que, el envejecimiento poblacional es una de las características demográficas en el mundo, no estando ajena por ello la población del partido de Saladillo;

que, es imprescindible formar conciencia de esta realidad para demarcar políticas de contención que permitan dar respuesta a los adultos mayores, principalmente a quienes se encuentran en situación de riesgo y/o vulnerabilidad;

que, el Estado Municipal no puede estar ajeno a esta realidad, por lo que se hace imprescindible, en el marco de una política de participación de todos los sectores interesados en el tema, conformar un consejo que atienda esta temática;

que, dicho órgano consultivo debe analizar y llevar adelante las políticas por el Departamento Ejecutivo, como así también las presentadas por los integrantes del Consejo referidas a dicha problemática;

que, asimismo debe llevar adelante actividades y proyectos generados en forma mancomunada por los integrantes del Consejo, como así también participar y organizar jornadas, foros, congresos, etc., que se desarrollen en los ámbitos municipal, provincial o nacional;

que, otro de los objetivos fundamentales del Consejo es promover políticas activas de integración del grupo etáreo de referencia en ámbitos de la recreación, la producción y cualquier otro de interés para la inserción social de nuestros mayores; y

CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 14 de noviembre de 2006, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Asistencial Social que recomienda su aprobación;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Créase el Consejo Municipal de la Tercera Edad, formado por un representante del Departamento Ejecutivo Municipal, del área de la Subsecretaría de Salud y Promoción Social; una Trabajadora Social a cargo del programa, un Delegado de cada Centro de Jubilados del Partido de Saladillo y la Comisión de Educación y Acción Social en pleno del Honorable Concejo Deliberante de Saladillo.-

ARTICULO 2º: Todos los miembros del Consejo al que hace referencia el artículo primero realizarán su tarea ad-honorem, debiendo en su primera reunión elaborar un reglamento de funcionamiento del mismo.-

ARTICULO 3º: Son objetivos y funciones del Consejo las siguientes:

– Conformar un grupo de trabajo que permita llevar adelante las políticas trazadas por el Departamento Ejecutivo Municipal y las inquietudes presentadas por los integrantes del Consejo referidas a dicha problemática;

– Llevar a cabo actividades y proyectos surgidos en forma mancomunada entre los distintos integrantes del Consejo;

– Participar y organizar jornadas, foros, congresos, etc., que se desarrollen en los ámbitos municipal, provincial o nacional.-

– Organizar actividades recreativas, de producción, y cualquier otra que permitan la participación integrada de todos los adultos mayores, principalmente aquellos en mayor riesgo y/o vulnerabilidad.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil seis.-

ORDENANZA Nº 41/06.-

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