VISTO el expediente N° 143/2024, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante el expediente N° 2862/2024, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar el convenio suscripto con la Sra. Damaris Yael Aristé en concepto de indemnización por daños en su vehículo;
que, el expediente 2862-A-2024 por medio del cual Damaris Yael Aristé solicita se le repare el daño que sufrió en su automóvil al ser impactado por una piedra que salió despedida mientras personal Municipal se encontraba cortando pasto en las inmediaciones del Colegio Nacional;
que, fs. 2 acompaña fotografías y presupuesto del cual surge que la reparación tiene un costo de $ 90.000,00; a fs. 5 acredita titularidad sobre el automotor;
que, a fs. 7 la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos informa que al ser consultado el Director de Servicios Urbanos confirma lo relatado por la reclamante;
que, desde la Dirección de Asuntos Legales se emite dictamen del cual surge que la indemnización por el daño causado sería procedente;
que, con fecha 24 de mayo de 2024 se suscribe un convenio entre Damaris Yael Aristé, DNI 28.215.612 y la Municipalidad de Saladillo, donde ésta se compromete a pagar la suma de pesos noventa mil ($ 90.000,00) en concepto de indemnización por el daño que sufrió el vidrio trasero de su automóvil producto del impacto de una piedra arrojada mientras personal municipal cortaba el pasto;
que, conforme al art. 41 del Decreto Ley 6769/58 el acuerdo debe ser elevado al Honorable Concejo Deliberante para su aprobación; y
CONSIDERANDO en la Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 28 de mayo de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Aprobar el convenio suscripto con fecha 24 de mayo de 2024 entre Damaris Yael Aristé, DNI 28.215.612 y la Municipalidad de Saladillo, donde ésta se compromete a pagar la suma de pesos noventa mil ($ 90.000,00) en concepto de indemnización por el daño que le causó a su automotor el impacto de una piedra arrojada mientras personal municipal cortaba el pasto.-
ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro.-