DONACION DE UN TERRENO UBICADO EN CALLE POSADAS ENTRE ESTRADA Y PEREYRA AL CIRCULO DE RETIRADOS DE B
VISTO la solicitud del Círculo de Retirados de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Buenos Aires (Filial Saladillo) efectuada mediante expediente 1541-C-88 para disponer de un predio fiscal que les permita construir la futura sede del Círculo; y
CONSIDERANDO que del estudio del Catastro Municipal surge como alternativa viable la donación de un predio en la calle Dr. Posadas entre Estrada y Av. Pereyra, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción I – Sección A – Manzana: 9 – Parcela: 5-b, con una dimensión de 12,00 m. por 46,50 m. según plano aprobado nº93-7-86, condicionándose la donación a ciertas restricciones en el uso y ocupación del mismo a fin de posibilitar la utilización del predio como sector de esparcimiento y recreación de la guardería municipal Sagrada Familia;
que, atento a la situación económica actual que afecta en forma considerable al Municipio, habiéndose adoptado medidas restrictivas en el gasto público que impedir afrontar los gastos que demanden la escritura traslativa de dominio;
que, los integrantes de la citada institución manifiestan prestar su conformidad a las dimensiones, ubicación y condiciones de ocupación del predio en cuestión como así también estén dispuestos a afrontar los gastos que demanden la escritura a su favor;
que, es atribución de este Honorable Cuerpo autorizar las transferencias de título gratuito de bienes de Propiedad Municipal;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase la donación al CIRCULO DE RETIRADOS DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SALADILLO (Filial Saladillo) de un terreno de 12,00 m. de frente por 46,50 m. de fondo, según plano aprobado nº93-7-86- y superficie de 558,00 metros cuadrados propiedad del Fisco Municipal, ubicado en la calle Posadas entre Estrada y Pereyra, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción I; Sección A; Manzana: 9; Parcela: 5-b.-
ARTICULO 2º: Condicionándose la donación del predio indicado en el artículo 1º bajo las siguientes restricciones en el uso y ocupación del mismo:
I) Edificar la sede de la Institución, dentro de la superficie determinada por los 15,00 metros lineales a partir del contrafrente o fondo y por los 12,00 del ancho del predio.-
II) Conservar parquizado la superficie restante determinada por los 31,50 m. lineales distantes entre la línea de edificación autorizada y la línea Municipal por los 12,00 m. de ancho del predio, de manera tal que pueda ser utilizado por la guardería Municipal «Sagrada Familia», como lugar de esparcimiento y recreación.-
ARTICULO 3º: Los gastos que demanden la escritura traslativa de dominio, deberán ser afrontados por la Institución beneficiada por la donación del predio, en este caso por el Círculo de Retirados de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Buenos Aires (Filial Saladillo).-
ARTICULO 4º: La fracción a donar deberá ser conservada por la Institución antes mencionada, y no podrá ser vendida ni enajenada bajo ningún concepto, volviendo su titularidad a este Municipio en el supuesto caso de dejar de existir la entidad.-
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de agosto de mil novecientos noventa.-
ORDENANZA Nº51/90.-