Ordenanza N° 52/2019
- Fecha de sanción: 18/06/2019
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente Nº 451/2018, iniciado por el Bloque de Concejales de Cambiemos, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a designar una calle de nuestra ciudad con el nombre “Crucero ARA General Belgrano”; que, el ARA General Belgrano fue un Crucero de la Armada Argentina utilizado en la guerra de Malvinas hasta el 2 […]
VISTO el expediente Nº 451/2018, iniciado por el Bloque de Concejales de Cambiemos, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a designar una calle de nuestra ciudad con el nombre “Crucero ARA General Belgrano”;
que, el ARA General Belgrano fue un Crucero de la Armada Argentina utilizado en la guerra de Malvinas hasta el 2 de Mayo de 1982;
que, en dicha fecha fue atacado y hundido por dos torpedos disparados por el submarino británico HMS Conqueror (S48), fuera de la zona de exclusión marítima;
que, fue una abierta violación a la carta de las Naciones Unidas que deja expresamente prohibida toda hostilidad afuera de los límites de exclusión;
que, dicho ataque se llevó a 323 Héroes de nuestra Patria;
que, el total de las bajas representa la mitad de los muertos argentinos en la Guerra del Atlántico Sur;
que, es el único caso de un barco hundido en guerra, por un submarino nuclear;
que, dentro de los 770 tripulantes sobrevivientes se encontraba el Marinero Primero Juan Carlos Ruviera, vecino de nuestra Ciudad: Saladillo; y
CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el 18 de junio de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Imposición de Nombres, Calles, Edificios y Sitios Públicos, que recomienda sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Desígnese una calle de la Ciudad de Saladillo, con el nombre “Crucero ARA General Belgrano”.-
ARTÍCULO 2º: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a designar con el nombre impuesto en el artículo anterior, a la calle que resulte menester en atención a las necesidades y circunstancias del ordenamiento urbano.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil diecinueve.-
ORDENANZA Nº 52/2019.-