Ordenanza N° 53/2017

  • Fecha de sanción: 04/07/2017
  • N° Promulgación: 3150
  • Decreto Promulgación: 1584/2017

VISTO el expediente nº 169/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo quién eleva proyecto de Ordenanza solicitando la inscripción a favor de la Municipalidad de Saladillo de un inmueble;   que, por plano de mensura y división 093-1-2014 se originó el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I; Sección M; Chacra 375; Parcela 2b;   que, de […]

VISTO el expediente nº 169/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo quién eleva proyecto de Ordenanza solicitando la inscripción a favor de la Municipalidad de Saladillo de un inmueble;

que, por plano de mensura y división 093-1-2014 se originó el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I; Sección M; Chacra 375; Parcela 2b;

que, de acuerdo al plano mencionado y lo dispuesto por el artículo 56º del Decreto Ley Nº 8912/77 y los artículos 1º y 2º del Decreto Ley Nº 9533/80 dicho inmueble ha pasado a ser propiedad de la Municipalidad de Saladillo como Reserva Espacio Verde y Libre Público;

que, a los efectos de la publicidad registral, y su consecuente oponibilidad a terceros se debe proceder a realizar los trámites pertinentes para su inscripción ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires y comunicar a los organismos provinciales pertinentes sobre la titularidad del lote en cuestión;

que, para la inscripción del inmueble será título suficiente la Ordenanza de donde surja el origen determinante del dominio municipal acompañada por una minuta de inscripción confeccionada al efecto por la Municipalidad que contendrá la relación de antecedentes, datos sobre la identificación del inmueble (ubicación, medidas, linderos y superficie), consignando su nomenclatura catastral y con mención del acto administrativo que le de sustento legal (artículo 2º D.T.R. 1/1982); y

CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 4 de julio de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Solicítase al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, la inscripción a favor de la Municipalidad de Saladillo del inmueble designado catastralmente como Circunscripción I; Sección M; Chacra 375; Parcela 2b; Partida Inmobiliaria 25.100; originado mediante el plano de mensura y división 093-1-2014.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil diecisiete.-

ORDENANZA Nº 53/2017.-

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