CONCESION DEL USO GRATUITO DEL INMUEBLE AL TRIBUNAL DE CALIFICA-CION – REGION IV – ZONA II.-
VISTO el expediente 210/90 iniciado por el Departamento Ejecutivo bajo el nº873/90 por el cual distintas Ramas de la Educación de Saladillo solicita la casa-habitación del E.C.O.P. lindero a Jefatura de Zona Región XII para ser afectado como Tribunal de Calificaciones Región IV – Zona II; y
CONSIDERANDO que el Municipio cuenta con la tenencia y administración otorgada por el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, obrante en el Departamento Ejecutivo de un inmueble casa habitación ubicada en el Centro Cívico sito en calle Sarmiento Planta Baja;
que, la misma sería aprobada para los fines solicitados;
que, la ley 9533/80 en su artículo 38º permite a las Municipalidades conceder en uso de los de los inmuebles provinciales en la situación jurídica antes nombrados;
que, asimismo la concesión en este caso encuadra en lo estipulado en el artículo 28º, inciso 1 de la Ley 9533/80 no siendo de aplicación los incisos 2 y 3 del artículo antes nombrado, dado el carácter de la entidad peticionante;
que, es atribución del Honorable Concejo Deliberante autorizar por Ordenanza la Concesión de Uso Gratuito;
que, en la Octava Sesión Ordinaria de fecha 27 de agosto de 1990, el Cuerpo aprobó por unanimidad el Despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que en su parte pertinente dice: «aconseja aprobar la solicitud del ente peticionante»
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Concédese el uso gratuito del inmueble ubicado en la Planta Baja Casa Habitación del Edificio Centro Cívico de Saladillo sito en calle Sarmiento 3047, lindera a la Jefatura de Zona Región XII en los términos del artículo 28º, inciso 10, de la Ley 9533/80 al Tribunal de Calificación -Región IV- Zona II.-
ARTICULO 2º: El término de la Concesión ser de cinco (5) años contando desde la promulgación de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO a los veintisiete días del mes de agosto de mil novecientos noventa.-
ORDENANZA Nº54/90.-