Ordenanza N° 54/2010

  • Fecha de sanción: 19/10/2010
  • N° Promulgación: 2553
  • Decreto Promulgación: 1212

ADHERIR LA MUNICIPALIDAD A A LEY 12646 SOBRE LOS VEHICULOS SECUESTRADOS EN EL EJERCICIO DEL PODER DE POLICIA MUNICIPAL.-

VISTO el expediente nº 176/2010, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 3120/2010, que eleva proyecto de Ordenanza adhiriendo al régimen establecido por la Ley 12646 y su decreto reglamentario 979/10 sobre los vehículos secuestrados en el ejercicio del Poder de Policía Municipal;

que, la nota recibida del Sr. Secretario General de la Gobernación Dr. Javier Mouriño, mediante la cual invita al Municipio de Saladillo a adherir al régimen establecido por la Ley Nº 12646 y su Decreto Reglamentario Nº 979/10;

que, la sanción de la Ley Nº 12646, y su reglamentación por el Decreto Nº 979/10, tiene por finalidad resolver el problema que se origina en los depósitos de diversas administraciones municipales a raíz del abarrotamiento de vehículos secuestrados en el ejercicio del poder de policía municipal;

que, el régimen que estructura las normas citadas implican distintas etapas para el logro del objetivo perseguido, consistente en resolver la difícil situación en que se encuentran las comunas afectadas, las cuales se han visto saturadas en sus aspectos operativos y administrativos;

que, la Ley Nº 12646 y el Decreto Nº 979/10 prevén la adhesión a dichas normas mediante la sanción de la pertinente Ordenanza Municipal;

que, el artículo 7º del Decreto Nº 979/10 prevé la posibilidad de que la Secretaría General de la Gobernación y la Fiscalía de estado convengan con los Municipios la transformación transitoria de los predios municipales en depósitos fiscales a efectos de subastar o compactar vehículos en esos lugares;

que, en virtud de lo expuesto en el considerando precedente corresponde autorizar al titular del Departamento Ejecutivo conforme el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley 6769/59);

que, en caso de adherir al régimen legal instrumentado por las normas citadas la medida permitiría al Municipio solucionar los inconvenientes que se originan en relación a los secuestros de vehículos en ejercicio de poder de policía municipal, desocupando predios e inmuebles donde se ubican los vehículos, asimismo ayudaría en todo lo inherente a la concientización vial y a disminuir las infracciones cometidas por quienes conduzcan distintos vehículos, permitiendo además generar recursos genuinos que beneficiarían la prestación de los servicios municipales;

que, atento a lo previsto por la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Honorable Concejo Deliberante sancionar la Ordenanza adhiriendo a la Ley Nº 12646 y al Decreto Nº 979/10 y autorizar al Señor Intendente a suscribir el convenio previsto en el artículo 7º de citado decreto; y

CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 19 de octubre del año 2010, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja su aprobación para autorizar al Intendente Municipal a suscribir el Convenio previsto en el artículo 7º del Decreto Reglamentario;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Adhiérase la Municipalidad de Saladillo al régimen establecido por la Ley Nº 12.646 y el Decreto Nº 979/10.-

ARTICULO 2º: Autorízase al Intendente Municipal a suscribir el convenio previsto en el artículo 7º del Decreto Nº 979/10.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil diez.-

ORDENANZA Nº 54/2010.-

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