VISTO el expediente N° 183/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 3715/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a adjudicar en venta un inmueble a favor del Sr. Roberto Oscar Ledesma; que, el expediente 3715-L-2021 fué iniciado por Roberto Oscar Ledesma, D.N.I. N° 26.658.794, mediante el cual solicita se le otorgue la escritura […]
VISTO el expediente N° 183/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 3715/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a adjudicar en venta un inmueble a favor del Sr. Roberto Oscar Ledesma;
que, el expediente 3715-L-2021 fué iniciado por Roberto Oscar Ledesma, D.N.I. N° 26.658.794, mediante el cual solicita se le otorgue la escritura traslativa de dominio del inmueble que habita, cuya nomenclatura catastral es Circunscripción I; Sección E; Chacra 101; Manzana 101u; Parcela 4; Partida: 093-16.571;
que, a folios 9 consta acta de entrega y posesión de una vivienda correspondiente al “Plan Novios” a favor de Liliana Said, D.N.I. N° 23.164.655;
que, a folios 7/8 se adjunta cesión de derechos y acciones a través de la cual, Liliana Said cede, vende y transfiere a Roberto Oscar Ledesma, y este adquiere, todos los derechos y acciones que le corresponden o pudieran corresponderle según el acta obrante a folios 9;
que, de la documentación obrante a folios 13/18 surge que el inmueble de referencia es de propiedad de la Municipalidad de Saladillo;
que, de la encuesta social obrante a folios 20 surge que el solicitante habita en el inmueble mencionado;
que, a folios 11 surge que se ha cancelado totalmente la amortización de la vivienda del Plan Novios (casa 12) y que la misma no registra deudas por tasas municipales;
que, en base a las constancias obrantes en el expediente, el Director de Asuntos Legales entiende que debería transferirse el inmueble en venta a favor del peticionante, fijándose el precio de la venta en la suma de pesos once mil novecientos ochenta con 48/100 ($11.980,48);
que, el artículo 54° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, dispone que “corresponde al Concejo aprobar la venta y la compra de bienes de la Municipalidad”;
que, por su parte el artículo 3° de la Ley 10.830 establece: “La intervención de la Escribanía General de Gobierno deberá ser requerida por los funcionarios que determine el Poder Ejecutivo…”; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 17 de agosto de 2021, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Adjudicar en venta, por la suma de pesos once mil novecientos ochenta con 48/100 ($ 11.980,48) y a favor de Roberto Oscar Ledesma, D.N.I. N° 26.658.794, el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Chacra 101, Manzana 101u, Parcela 30, Partida Inmobiliaria 093-16.571, inscripto en la matrícula 14.400 del Partido de Saladillo (093).-
ARTÍCULO 2°: Declarar de interés social la escrituración del inmueble detallado en el artículo anterior a favor de Roberto Oscar Ledesma, D.N.I. N° 26.658.794, a cuyo efectos requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de autorizar su otorgamiento.-
ARTÍCULO 3: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.-
ORDENANZA N° 55/2021.-