Ordenanza N° 56/2013
- Fecha de sanción: 08/10/2013
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
AUTORIZANDO PARA ADQUIRIR TERRENOS EN LA LOCALIDAD DE DEL CARRIL PARA DESTINARLO A VIVIENDAS – DECRETO 1136/2013
VISTO el expediente nº 295/2013, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 720/2013, que eleva Decreto 1136/13, ad referéndum de este Honorable Cuerpo, solicitando autorización para la adquisición de terrenos que serán destinados a viviendas en la localidad de Del Carril;
que, con fecha 28 de agosto de 2013, la Municipalidad de Saladillo en calidad de compradora suscribió un boleto de compraventa con el Sr. Enrique Federico Cabrera, DNI Nº 8.003.935, y la Sra. Aída Rita Cabrera, DNI Nº 10.841.211, como parte vendedora;
que, en la cláusula tercera de dicho boleto se acordó el precio y la forma de pago de la siguiente manera: “Esta venta se realiza por el precio total y convenido de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MIL ($ 128.000,00) pagaderos de la siguiente forma: A) PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000,00) la parte COMPRADORA los abonará dentro de los 10 días, corridos y siguientes, de la firma del presente, a cuenta de precio y como principio de ejecución del presente contrato, sirviendo el presente de suficiente recibo y carta de pago en forma por la suma recibida; B) El saldo restante será abonado durante el transcurso del año 2014, en tres cuotas iguales, no obstante ello, la primera cuota no será exigible hasta no estar ordenada la inscripción de la Declaratoria de Herederos relacionada a los inmuebles objeto del presente y que se corresponden a las sucesiones de don Enrique Cabrera y Rita María Medina …”;
que, conforme a lo allí pactado el plazo para realizar el pago de veinticinco mil pesos ($ 25.000,00) vence el 7 de septiembre próximo, y toda vez que el Honorable Concejo Deliberante no sesionará sino hasta el día 10 de septiembre del año en curso resulta necesario proceder al dictado de un decreto ad referéndum de dicho Cuerpo, por el cual se autorice a las Oficinas de Contaduría y Tesorería a liquidar y efectivizar el pago;
que, los cuatros inmuebles objeto del boleto de compraventa antes mencionado serán destinados a la construcción de viviendas sociales;
que, por Decreto 440/09 la Provincia de Buenos Aires adhirió al Decreto Nacional 206/09, por el que se dispuso la creación de un Fondo Federal Solidario, creando para su jurisdicción el denominado Fondo Solidario Provincial”, que se integra en parte con fondos provenientes del derecho de exportación de soja en todas sus variedades y derivados, para ser destinado a infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda y vial en los ámbitos urbanos o rurales de Provincias y Municipios;
que, debido a lo anteriormente expuesto, resulta factible extraer las sumas para afrontar el pago del precio estipulado en el boleto de compraventa, del Fondo Solidario Provincial creado por Decreto 440/09; y
CONSIDERANDO que en la Décima Tercera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 8 de octubre del año 2013, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que recomienda la sanción de una Ordenanza aprobando dicho boleto, al mismo tiempo que se ratifica el Decreto nº 1136/13 sancionado por el Departamento Ejecutivo en carácter ad-referéndum del H.C.D.;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorícese a las Oficinas de Contaduría y Tesorería a liquidar y efectivizar el pago de veinticinco mil pesos ($ 25.000,00) a favor del Sr. Enrique Federico Cabrera, DNI Nº 8.003.935, y la Sra. Aída Rita Cabrera, DNI Nº 10.841.211 -en partes iguales-, con motivo del precio de venta y forma de pago pactados en el boleto de compraventa suscripto con fecha 28 de agosto de 2013.-
ARTICULO 2º: El gasto debe imputarse a la Partida: Unidad Ejecutora 1110101 – Programa 20 – Actividad del Programa 02 – Subsidios Sector Privado; extrayéndose del rubro “Cuentas Afectadas – Fondo Solidario Provincial – Decreto 440/09”.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de octubre del año dos mil trece.-
ORDENANZA Nº 56/2013.-