Ordenanza N° 56/2014
- Fecha de sanción: 07/10/2014
- N° Promulgación: 2919
- Decreto Promulgación: 1511
BONIFICACION ADICIONAL NO REMUNERATIVA PARA EL PERSONAL MUNICIPAL A PARTIR DEL 01/09/14
VISTO el expediente nº 279/2014, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente nº 4153/2014, quién eleva Decreto nº 1460/2014, ad refererendum de este Honorable Cuerpo, referente a fijar a partir del 1º de setiembre de 2014 un incremento de la Bonificación Adicional no Remunerativa y no Bonificable para el personal municipal escalafonado, superior y jerárquico;
que, visto las negociacines llevadas a cabo por el Departamento Ejecutivo y el Sindicato de Trabajadores Municipales de Saladillo;
que, en la mesa de trabajo que se ha venido desarrollando y se ha consensuado que el Departamento Ejecutivo otorgue un incremento en la bonificación adicional no remunerativa y no bonificable para el personal escalafonado, superior y jerárquico, como así también en la bonificación extraordinaria no remunerativa y no bonificable para el personal municipal temporario; y
CONSIDERANDO que en la Décima Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 07 de octubre de 2014, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar una Ordenanza;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Fíjase a partir del 1º de setiembre de 2014, la Bonificación Adicional no Remunerativa y no Bonificable en la suma de pesos un mil setecientos setenta y cinco ($ 1.775,00) para el personal municipal escalafonado, personal superior y personal jerárquico.-
ARTICULO 2º: Fíjase a partir del 1º de setiembre de 2014, la Bonificación Extraordinaria no Remunerativa y no Bonificable en pesos un mil doscientos cincuenta ($1.250,00) para el personal municipal temporario.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los siete días del mes de octubre del año dos mil catorce.-
ORDENANZA Nº 56/2014.-