Ordenanza N° 57/2017

  • Fecha de sanción: 04/07/2017
  • N° Promulgación: 3159
  • Decreto Promulgación: 1609/2017

VISTO el expediente nº 166/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 2909/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a  aprobar Convenio entre la Municipalidad de Saladillo y el Ministerio de Salud Provincial, mediante el cual se impulsaría la donación de órganos;     que, a través del mismo la Municipalidad y el Ministerio […]

VISTO el expediente nº 166/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 2909/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a  aprobar Convenio entre la Municipalidad de Saladillo y el Ministerio de Salud Provincial, mediante el cual se impulsaría la donación de órganos;

que, a través del mismo la Municipalidad y el Ministerio por Intermedio del Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de Órganos se comprometen a impulsar la donación de órganos, tejidos y células en el ámbito local, implementando además acciones concretas de educación de promotores en donación de órganos y tejidos, así como el apoyo a la formación de técnicos y profesionales de los servicios de salud;

que, la donación de órganos, tejidos y células permiten salvar y mejorar la calidad de vida de pacientes con insuficiencia de algún órgano, cuya esperanza de vida está limitada a un trasplante;

que, conforme a lo normado por el artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y a efectos de dotar de operatividad al mencionado Convenio, resulta necesaria su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 4 de julio de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Apruébese el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual se impulsará la Donación de Organos; y que consta a fs. 1 / 2 del mencionado expediente.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil diecisiete.-

ORDENANZA Nº 57/2017.-

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