Ordenanza N° 57/2017
- Fecha de sanción: 04/07/2017
- N° Promulgación: 3159
- Decreto Promulgación: 1609/2017
VISTO el expediente nº 166/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 2909/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio entre la Municipalidad de Saladillo y el Ministerio de Salud Provincial, mediante el cual se impulsaría la donación de órganos; que, a través del mismo la Municipalidad y el Ministerio […]
VISTO el expediente nº 166/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 2909/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio entre la Municipalidad de Saladillo y el Ministerio de Salud Provincial, mediante el cual se impulsaría la donación de órganos;
que, a través del mismo la Municipalidad y el Ministerio por Intermedio del Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de Órganos se comprometen a impulsar la donación de órganos, tejidos y células en el ámbito local, implementando además acciones concretas de educación de promotores en donación de órganos y tejidos, así como el apoyo a la formación de técnicos y profesionales de los servicios de salud;
que, la donación de órganos, tejidos y células permiten salvar y mejorar la calidad de vida de pacientes con insuficiencia de algún órgano, cuya esperanza de vida está limitada a un trasplante;
que, conforme a lo normado por el artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y a efectos de dotar de operatividad al mencionado Convenio, resulta necesaria su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 4 de julio de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébese el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual se impulsará la Donación de Organos; y que consta a fs. 1 / 2 del mencionado expediente.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil diecisiete.-
ORDENANZA Nº 57/2017.-