VISTO el expediente N° 141/2026, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 1161/2026, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a nombrar “1 de Mayo” a una calle de nuestra ciudad;

que, mediante el expediente N° 1161/Q/2026, la Sra. Quatrini Silvia eleva una carta atribuida a su hermano fallecido, quien fuera empleado municipal;

que, en dicha presentación se pone de manifiesto la existencia de diversas calles de nuestra ciudad que rinden homenaje a figuras destacadas de la vida política, institucional, profesional y social, tales como presidentes, gobernadores, médicos, entre otros;

que, asimismo, se señala la ausencia de una denominación que reconozca de manera colectiva a quienes, desde su labor cotidiana y muchas veces silenciosa, sostienen el funcionamiento del Estado y el desarrollo de la comunidad, como lo son los trabajadores;

que, los trabajadores, en todas sus formas y ámbitos, han sido históricamente protagonistas de los procesos de construcción social, económica y cultural de nuestro país, contribuyendo con su esfuerzo al progreso de las comunidades y a la consolidación de derechos fundamentales;

que, el movimiento obrero, a lo largo de la historia, ha impulsado conquistas esenciales tales como la jornada laboral limitada, condiciones dignas de trabajo, seguridad social y reconocimiento de derechos laborales; pilares sobre los cuales se asienta la organización del trabajo en la actualidad;

que, en particular los trabajadores municipales constituyen un eslabón indispensable en el funcionamiento cotidiano del Estado local, siendo quienes, con compromiso, vocación de servicio y cercanía con el vecino, garantizan la prestación de servicios esenciales y el sostenimiento de la vida comunitaria;

que, no existe una calle que identifique a todos los trabajadores, independientemente de su labor;

que, el Departamento Ejecutivo, en búsqueda de una denominación que represente de manera amplia y significativa a todos los trabajadores, considera oportuno adoptar una denominación de alcance universal y simbólico;

que, no solo reconozca a los trabajadores municipales, sino que represente de manera amplia, inclusiva y significativa a todos los trabajadores, sin distinción de actividad o función;

que, el día 1° de mayo se conmemora el Día Internacional de los Trabajadores; fecha de profundo significado histórico que rememora la lucha por los derechos laborales y simboliza la dignidad del trabajo en todo el mundo;

que, la designación de una calle con el nombre “1 de Mayo” constituye un homenaje colectivo, permanente y representativo a todos los trabajadores, reconociendo su aporte fundamental al desarrollo de la sociedad y reafirmando el valor del trabajo como eje de la vida comunitaria;

que, resulta necesario proceder a la denominación formal de una arteria que aún carezca de identificación, contribuyendo de este modo al ordenamiento urbano, la organización territorial y la construcción de una memoria colectiva que refleje valores compartidos; y

CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 08 de septiembre de 2026, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Imposición de Nombres, Edificios, Calles y Sitios Públicos, que recomienda sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

 

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Designar con el nombre “1 de Mayo” a una calle de la ciudad de Saladillo.-

ARTÍCULO 2°: Facultar al Departamento Ejecutivo a designar a la calle que se le asignará el nombre especificado en el artículo primero, debiendo proceder a la colocación de la cartelería correspondiente y la incorporación de la denominación al registro catastral y a toda la documentación oficial pertinente.-

ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil veintiséis.-

ORDENANZA N° 57/2026.-

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