REGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO TASAS MUNICIPALES.-MANTENIMIENTO Y MEJORADO DE LA RED VIAL.-
VISTO la deuda que por Tasas por el Servicio de Agua Corriente y Cloacas; Servicios Urbanos y por Mantenimiento, Conservación y Mejorado de la Red Vial han contraído los contribuyentes para con el Municipio; y
CONSIDERANDO que como consecuencia de que son numerosos los vecinos que han acudido con el fin de regularizar su situación;
que, debido a las dificultades económicas, sería oportuno implementar un régimen de pago con cuotas fijas para darle tranquilidad al contribuyente del monto a abonar en cada cuota acordando de antemano la deuda al 31/12/89 consolidada al 30/08/90;
que, para instrumentar el régimen descripto es necesario aprobar un modelo de convenio a convenir entre las partes;
que, para quienes suscriban el presente convenio el Municipio renuncia al derecho de perseguir la deuda por vía de apremio.- La falta de pago de las cuotas del régimen suscripto, liberar al Municipio a obtener el cobro por la vía de apremio;
que, para quienes vivan en localidades del interior (Polvaredas, Del Carril, Cazón, Toledo) y sean deudores por la Tasa de Servicios Urbanos es necesario implementar un régimen de pagos diferentes al antedicho ya que se trata de contribuyentes propietarios de inmuebles que por sus características son distintas a los de planta urbana;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Establécese el siguiente Régimen de Facilidades de pago de las Tasas por Obras Sanitarias, Servicios Urbanos y Conservación, Mantenimiento y Mejorado de la Red Vial, sobre la deuda que los contribuyentes mantengan al 31 de diciembre de 1990, consolidada al 30 de agosto de 1990, pagadero hasta en cuatro cuotas fijas a vencer el 30 de setiembre; 30 de octubre; 30 de noviembre y 30 de diciembre.-
ARTICULO 2º: Establécese un plan de pago diferencial para los deudores de Tasas por Servicios Urbanos para las localidades del interior Cazón, Del Carril, Toledo y Polvaredas, bajo las condiciones anteriores pero con un descuento del 50 % de la deuda del 31 de diciembre de 1989 consolidada al 30 de agosto de 1990, pagadero hasta en cuatro cuotas fijas a vencer el 30 de setiembre; 30 de octubre; 30 de noviembre y 30 de diciembre. Para quienes no tengan deudas al 30 de setiembre de 1990 se lo beneficiar con el no pago de las dos próximas cuotas.-
ARTICULO 3º: Para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza el contribuyente deberá:
a) Reconocer expresamente la deuda que mantiene con el Municipio, calculada conforme a la Ordenanza Impositiva Vigente;
b) Abonar en el acto de acogerse al régimen de facilidades de pago el importe de la primera cuota y las restantes se comprometer a abonarlas durante 1990, en cuotas mensuales;
c) Suscribir el Convenio que como Anexo I se declara parte integrante de esta Ordenanza.-
ARTICULO 4º: El plazo para acogerse al plan de pago dispuesto por la presente Ordenanza ser el 30 de setiembre de 1990.-
ARTICULO 5º: Establécese para el año 1991, para el pago de Tasas por Servicios Urbanos en las localidades del interior (Polvaredas, Del Carril y Toledo) dos cuotas a vencer el 30 de mayo y el 30 de setiembre de cada año.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los tres días del mes de setiembre de mil novecientos noventa.-
ORDENANZA Nº58/90.-
ANEXO I
M O D E L O D E C O N V E N I O
Nomenclatura Catastral ……… Cuenta Nº …….
Entre la Municipalidad de Saladillo y el Sr…………….DNI/LE/LC Nº…… se celebra el siguiente Convenio:
PRIMERO: El Sr. ……….. reconoce que adeuda a la Municipalidad de Saladillo, la suma de australes ………… en concepto de Tasa por ……… según la Ordenanza Impositiva Vigente al ………….-
SEGUNDO: El Sr. ……….. abona una cuota sobre la deuda existente al ……….. en este acto y el resto se compromete a abonarlas en …….. cuotas mensuales, dentro del año 1990.-
TERCERO: La falta de pago de las cuotas del presente Convenio en la fecha establecida como pago de la última cuota, dará lugar a la Municipalidad a iniciar las acciones por la vía de apremio. La mora se produce de pleno derecho y sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna por el simple incumplimiento.-
CUARTO: A los efectos legales que pudieran corresponder, las partes fijan sus domicilios en la Municipalidad de Saladillo, San Martín 3151 y el Sr………….. en …………..ambos en Saladillo.-
QUINTO: Se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto a los ………. días de …………. de mil novecientos………-