Ordenanza N° 59/2020
- Fecha de sanción: 11/11/2020
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente nº 112/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 1700/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a donar y declarar de interés social un inmueble a favor de la Sra. María Cristina Vázquez; que, el expediente 1700-V-2019 fue iniciado por María Cristina Vázquez, D.N.I. N° 11.586.820, mediante el cual la peticionante […]
VISTO el expediente nº 112/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 1700/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a donar y declarar de interés social un inmueble a favor de la Sra. María Cristina Vázquez;
que, el expediente 1700-V-2019 fue iniciado por María Cristina Vázquez, D.N.I. N° 11.586.820, mediante el cual la peticionante solicita se otorgue a su nombre la escritura traslativa de dominio del inmueble que habita, cuya nomenclatura catastral es Circunscripción I; Sección. H; Chacra 198; Manzana 198k; Parcela 18;
que, María Cristina Vázquez resulta ser comodataria del inmueble en cuestión desde el 1 de junio de 2005, conforme surge del contrato de comodato adjuntado a fs. 2;
que, si bien de la cláusula primera del mencionado contrato, surge que la Municipalidad cedió el uso y goce de la vivienda a María Cristina Vázquez y su esposo Atilio Horacio Villanueva, este último falleció el día 25 de agosto de 2011 –fs. 5-;
que, del informe socio económico obrante a fs. 10/11 surge que la peticionante habita el inmueble junto a su hijo José Horacio Villanueva, el cual se encuentra a su cargo y cuidado por ser discapacitado;
que, de la documentación obrante a fs. 13/19 surge que el inmueble de referencia es de propiedad de la Municipalidad de Saladillo;
que, dado el tiempo que la vivienda es ocupada por la peticionante junto a su grupo familiar, y a efectos de consolidar jurídicamente dicha realidad, resulta necesario efectuar la donación a su favor del inmueble designado catastralmente como Circunscripción I; Sección H; Chacra. 198; Manzana 198k; Parcela 18; Partida Inmobiliaria 093-20639; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 11 de noviembre de 2020, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Donar a María Cristina Vázquez, D.N.I. N° 11.586.820, el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I; Sección H; Chacra 198; Manzana 198k; Parcela 18; Partida Inmobiliaria 093-20639.-
ARTÍCULO 2º: La presente donación se realiza con el cargo de utilizar el inmueble únicamente para vivienda de la donataria y su grupo familiar. Para el supuesto en que la donataria no cumpliera con el cargo impuesto en el presente artículo, el dominio del inmueble donado quedará retrotraído de pleno derecho a favor de la Municipalidad de Saladillo sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna.-
ARTÍCULO 3º: Asimismo se establece con respecto al inmueble donado la prohibición de ceder su uso, transferirlo, venderlo y/o constituir sobre el mismo derecho reales y/o gravámenes, a favor de terceros, salvo aquellos que garanticen créditos para la construcción, ampliación o refacción de la vivienda a construirse o construida sobre el mismo, todo ello por el término de 10 (diez) años contados a partir del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio a favor de la donataria. La violación de la presente prohibición traerá aparejada la revocación de la donación efectuada, y la retrocesión del dominio, de pleno derecho, a favor de la Municipalidad de Saladillo, sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna.-
ARTÍCULO 4º: Declarar de interés social la escrituración del inmueble que se detalla en el artículo primero, a favor de María Cristina Vázquez, D.N.I. N° 11.586.820, a cuyo efecto requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de autorizar su otorgamiento. Para el supuesto en que el comprador opte por escriturar con intervención de una escribanía particular, serán a su cargo el pago de la totalidad de los gastos que ello demande.-
ARTÍCULO 5º: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes de noviembre del año dos mil veinte.-
ORDENANZA N° 59/2020.-