ADQUISICION DE MAQUINARIAS VIALES Y/O AMBULANCIAS.-

VISTO la necesidad de proceder al reequipamiento municipal; y

CONSIDERANDO que el sistema implementado por el Decreto Nº2034 es apto para tal fin;

que, el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda ha aprobado en la Sesión Extraordinaria del día 24 de febrero de 1992, aconseja la sanción de la Ordenanza de convalidación del convenio respectivo;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Apruébase el Convenio suscripto por el Departamento Ejecutivo en adhesión al Decreto nº2034/88 y su Anexo Unico, mediante el cual se implementa un sistema de Círculo Cerrado de Ahorro para la adquisición de maquinarias viales y/o ambulancias.-

ARTICULO 2º: La cuota que se pagará, resultará del precio total del elemento, dividido por el número de cuotas del sistema.-

ARTICULO 3º: El Banco de la Provincia de Buenos Aires será el encargado del pago a la Empresa adjudicataria.-

ARTICULO 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a afectar los créditos presupuestarios de ejercicios futuros en los términos del artículo 273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, debiendo efectuar las pertinentes reservas en el momento que corresponda.-

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticuatro días del mes de febrero de mil novecientos noventa y dos.-

ORDENANZA Nº6/92. –
ANEXO UNICO

CONVENIO DE ADHESION

En la ciudad de… a los… días del mes de… de 1992, el Señor Intendente Municipal del Partido de… suscribe el presente convenio de adhesión, bajo las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Declara conocer y adherir sin reservas a las condiciones básicas contenidas en el Decreto Nº2034/88, del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires.-
SEGUNDA: La Comuna, a impulso del Ejecutivo Local, propiciar  la implementación del sistema operativo descripto en el Anexo Unico del Proyecto citado, realizando para ello los trámites administrativos que fueren necesarios para tal cometido.-
TERCERA: La firma del presente convenio de adhesión implica asimismo el reconocimiento total de la operatoria propuesta por el Ejecutivo Provincial y la aceptación de la representatividad y representación asumida por los Organos Administrativos Provinciales con competencia en la materia.-
CUARTA: Autorízase la afectación, en garantía de cumplimiento del convenio de la Coparticipación Provincia de Impuestos, quedando el Banco de la Provincia de Buenos Aires facultado para realizar débitos automáticos en la cuenta corriente municipal.-
QUINTA: El presente convenio se suscribe ad-referendum del Concejo Deliberante de la Municipalidad de… que lo ratificar  por Ordenanza respectiva.-
SEXTA: El convenio se realizará por los equipos que detallan en la hoja anexa.-
SEPTIMA: Remítase al Departamento Ejecutivo, a la Subsecretaría de Asuntos Municipales, al Ministerio de Gobierno y a la Justicia a sus efectos, regístrese y archívese su copia.-

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