VISTO el expediente nº 24/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 1385/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a convalidar la incompetencia de la Secretaría de Gobierno para realizar tareas de informática judicial;
que, el mismo versa sobre la declaración de incompetencia de la Dirección de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil y de la Secretaría de Gobierno, por ser un área a la que pertenece la primera;
que, la dirección mencionada se declara incompetente para realizar tareas propias de informática y de un perito informático que responda a los requerimientos de los diferentes organismos de la justicia local de Saladillo;
que, en el marco de dicho decreto de incompetencia, el Departamento Ejecutivo suscribió un (1) contrato con C&M informática representada por Flavia Raquel Gallo, suscripto el día 3/1/2017;
que, por error involuntario se omitió elevar el decreto de incompetencia referido;
que, de acuerdo al artículo 148º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la declaración de incompetencia no solo es una facultad reservada al Ejecutivo Municipal sino que además procede en los casos de contrataciones de estudios, proyectos y/o direcciones siempre que se trate de obras públicas;
que, si bien en este caso las tareas contratadas no responden al rubro de obras públicas, atento la doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, dicho organismo exige verificar con anterioridad la ausencia en el municipio de profesionales y/o técnicos en la materia que pueda desarrollar la actividad que se requiere;
que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 66º del Reglamento de Contabilidad, las tareas no contempladas en el artículo 148º de la Ley Orgánica que la Municipalidad contrate, serán considerados gastos especiales;
que, atento ello resulta necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante en un todo de acuerdo al artículo 32º de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria, llevada a cabo el día 27 de febrero de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Convalídese la declaración de incompetencia de la Secretaría de Gobierno y de la Dirección de Seguridad Ciudad y Defensa Civil, efectuada mediante Decreto Nº 1044/2017 del Departamento Ejecutivo, para realizar tareas propias de informática y de un perito informático que responda a los requerimientos de los diferentes organismos de la justicia de Saladillo.-
ARTÍCULO 2º: Autorícense y apruébense los gastos de carácter especial que fueron abonados en el marco del contrato suscripto con C&M Informática, representado por la Sra. Flavia Raquel Gallo, en fecha 3/1/2017.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil dieciocho.-
ORDENANZA Nº 6/2018.-