Ordenanza N° 61/2017
- Fecha de sanción: 04/07/2017
- N° Promulgación: 3157
- Decreto Promulgación: 1591/2017
VISTO el expediente nº 165/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 2666/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar convenio entre la Municipalidad de Saladillo y la Subsecretaría de “Casas de la Provincia” y de “Asuntos Municipales”, para exponer y difundir la cultura popular del Municipio; que, el mismo tiene por […]
VISTO el expediente nº 165/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 2666/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar convenio entre la Municipalidad de Saladillo y la Subsecretaría de “Casas de la Provincia” y de “Asuntos Municipales”, para exponer y difundir la cultura popular del Municipio;
que, el mismo tiene por objeto exponer y difundir la cultura popular del Municipio promoviendo sus eventos, lugares tradicionales, actividades recreativas, fiestas populares, circuitos turísticos, ferias, hotelería, pasajes, etc.;
que, para ello las Subsecretarías pondrán a disposición del Municipio los medios con que cuentan para llevar adelante la referida iniciativa;
que, conforme a lo normado por el artículo nº 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y a efectos de dotar de operatividad al mencionado Convenio, resulta necesaria su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante;
CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 4 de julio de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébase el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y las Subsecretarías de “Casas de la Provincia” y de “Asuntos Municipales”, dependientes del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires; obrante a fs. 1 / 4 del mencionado expediente.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil diecisiete.-.
ORDENANZA Nº 61/2017.-