Ordenanza N° 62/2007

  • Fecha de sanción: 20/11/2007
  • N° Promulgación: 2350
  • Decreto Promulgación: 1641

REGULARIZACION DE DEUDAS MUNICIPALES.-

VISTO el expediente nº 59/07, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 1975/07, que eleva Decreto Nº 556/07 ad-referendum del Honorable Concejo Deliberante sobre regularización de deudas municipales;

que, la necesidad de readecuar el Plan de Facilidades de Pago vigente, a la realidad económica actual y las continuas solicitudes de los algunos contribuyentes requiriendo facilidades de pago para la cancelación de sus deudas tributarias;

que, el municipio permanentemente está tratando de recuperar deuda atrasada de los deudores municipales y de mejorar la recaudación actual;

que, para ello es necesario contar con instrumentos adecuados para lograr tal objetivo;

que, se entiende que es un momento oportuno para profundizar la tarea de recupero de deuda en función del crecimiento del nivel de la actividad económica;

que, el municipio está tomando todas las medidas a su alcance para poder cobrar sus acreencias tributarias y brindar distintas posibilidades de pago a todos aquellos que tengan voluntad de pago; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 20 de noviembre de 2007, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que decide sancionar una Ordenanza aprobando el Decreto mencionado;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Autorízase a la Secretaría de Hacienda a instrumentar el siguiente plan de regularización de deudas municipales.-

ARTICULO 2º: Los contribuyentes y responsables podrán acogerse a los beneficios del presente plan de pagos por aquellas obligaciones, derechos, tasas, fondos especiales, y contribuciones de mejoras, como así también sus recargos e intereses cuyo vencimiento hubiera operado hasta el 31 de diciembre del año 2006.-

ARTICULO 3º: Las bases y condiciones del plan de regularización de deudas municipales, serán las siguientes:

a) Deudas por Tasa de Servicios Urbanos, Servicios Sanitarios, F.O.P., C.U.R.S. y Contribución por Mejoras:

1) Pago al contado con 90 % de descuento sobre los intereses de consolidación de la deuda.-

2) Pago de la deuda con un 50 % de descuento sobre los intereses de consolidación de la misma, en 6 cuotas iguales, mensuales y consecutivas sin interés de financiación.-

3) Pago de la deuda actualizada al momento de la consolidación en un plan desde 7 y hasta 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un interés de financiación del 0,5 % mensual directo.-

Las cuotas en ningún caso serán inferiores a pesos diez ($ 10,00) mensuales.-

b) Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene:

1) Pago al contado de la deuda a su valor nominal.-

2) Pago en 6 cuotas iguales, mensuales y consecutivas con un 60 % de descuento sobre los intereses de consolidación de la deuda y sin interés de financiación.-

3) Pago de la deuda actualizada al momento de la consolidación en un plan desde 7 y hasta 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas con un interés de financiación del 0,5 % mensual directo.-

Las cuotas en ningún caso serán inferiores a pesos veinte ($ 20,00).-

c) Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, Fondo de Obras y Equipamiento Vial y C.U.R.S.:

1) Pago al contado con un 80% de descuento sobre los intereses de consolidación de la deuda.-

2) Pago de la deuda con un descuento del 30 % en los intereses de consolidación de la misma, en 6 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, sin interés de financiación.-

3) Pago de la deuda actualizada al momento de la consolidación, en un plan desde 7 y hasta 18 cuotas iguales, mensuales y consecutivas con un interés mensual directo del 0,5 % en concepto de financiación.- Esta opción es válida sólo para contribuyentes con superficies totales inferiores a 250 hectáreas.-

Las cuotas en ningún caso serán inferiores a pesos treinta ($ 30,00).-

d) Derecho de Cementerio, Patentes de Motocicletas, Patentes de Automotores, Derecho de Construcción, Derecho a los Espectáculos Públicos, Derecho de Ocupación y Uso de los Espacios Públicos, Derecho de Publicidad y Propaganda:

1) Pago al contado a su valor nominal.-

2) Pago en hasta seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con una quita del 50 % en los intereses de consolidación de la deuda y sin intereses de financiación.-

3) Pago de la deuda actualizada al momento de la consolidación, en un plan desde 7 y hasta 18 cuotas mensuales, iguales y consecutivas con un interés mensual directo del 0,5 % en concepto de financiación.-

Las cuotas en ningún caso serán inferiores a pesos veinte ($ 20,00).-

e) Deudores de todas las Tasas, y que se encuentren en Juicio de Apremio:

1) Pago al contado con la condonación de la totalidad de los intereses punitorios y un descuento del 20 % de los intereses resarcitorios.-

2) Pago en hasta seis (6) cuotas iguales, mensuales y consecutivas con un descuento del 50 % de los intereses punitorios y sin interés de financiación.-

ARTICULO 4º: Será causal de caducidad del presente plan de pagos, la falta de pago de 3 cuotas consecutivas o 5 alternadas, perdiendo el contribuyente todos los beneficios que otorga el acogimiento al mismo.-

ARTICULO 5º: El presente plan de pagos tendrá vigencia hasta el día 30/07/2007, facultándose al poder ejecutivo a extender el plazo del mismo o a modificar la fecha de consolidación hasta la fecha que estime sea conveniente a los intereses municipales.-

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil siete.-

ORDENANZA Nº 62/07.-

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