Ordenanza N° 65/2014

  • Fecha de sanción: 04/11/2014
  • N° Promulgación: 2928
  • Decreto Promulgación: 1702

SUSCRIBIR ACCIONES CON LA COOP. ELECTRICA PARA ABASTECER DE ENERGIA TRIFASICA AL NUEVO COMPLEJO DELCLUB APEADERO

VISTO el expediente nº 293/2014, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente nº 4249/2014; quién eleva Decreto nº 1451/2014, referente a suscribir acciones con la Cooperativa Eléctrica de Saladillo para abastecer de energía trifásica al nuevo complejo del Club Apeadero;

que, el expediente nº 1406/11 caratulado “Club Social y Deportivo Unión Apeadero -Solicita Ayuda”;

que, en el marco de las actuaciones referenciadas, la institución mencionada ha solicitado una ayuda económica para la concreción de una obra proyectada en varias etapas, las cuales comprenden la construcción de un cerco perimetral del predio, la construcción del alambrado perimetral de la cancha de fútbol y la construcción de vestuarios, la cual tiene un presupuesto total de ochocientos mil pesos ($800.000,00);

que, conforme a la política del Departamento Ejecutivo de permanente apoyo a las instituciones deportivas del Partido de Saladillo, en el firme entendimiento que la práctica deportiva resulta un elemento de trascendental importancia en la formación integral del individuo ya se han otorgado subsidios a dicha institución para la concreción de la obra proyectada;

que, a su vez, la institución solicitante es una de las instituciones deportivas más importantes de Saladillo, habiendo logrado importantes resultados deportivos;

que, en ese contexto es que la Municipalidad de Saladillo ha colaborado permanentemente con la institución;

que, asimismo, debe tenerse en cuenta que en el predio donde actualmente se encuentra enclavado el estadio de fútbol se construirá la Escuela Secundaria nº 6, lo que motiva aún más al Estado Municipal a colaborar para que esta obra tan importante para la educación pueda iniciarse lo antes posible;

que, ahora, se solicita un nuevo aporte para abastecer de energía eléctrica trifásica al nuevo complejo deportivo;

que, el valor presupuestado por la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada, para la realización de la obra de tendido trifásico aéreo en media tensión (13,2 Kv), con puesto de transformación con salida en baja tensión y cruce de calle en baja tensión asciende a la suma de doscientos nueve mil seiscientos once pesos con ochenta y tres centavos ($ 209.611,83);

que, el valor de la acción de la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada se ha modificado, y ha ascendido de $0,10 a $1,00, por lo que, a pesar del monto del presupuesto, el monto de la suscripción no podrá contener decimales;

que, el redondeo no debe afectar los derechos del consumidor, debiendo siempre estarse a lo que implique un beneficio para éste;

que, en la relación de consumo entre la Cooperativa Eléctrica y la Municipalidad de Saladillo, es ésta el consumidor, por lo que el monto por el que se deben suscribir acciones ascendería a $ 209.611; y

CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 04 de noviembre de 2014, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar una Ordenanza;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Suscíbanse acciones con la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada, por la suma de pesos doscientos nueve mil seiscientos once ($209.611,00).-

ARTICULO 2º: Dicha suscripción se efectúa como contrapartida por parte de la Cooperativa Eléctrica de Consumo y de Otros Servicios de Saladillo Limitada, de la obra de tendido trifásico aéreo en media tensión (13,2 Kv), con puesto de transformación con salida en baja tensión y cruce de calle en baja tensión, para abastecer de energía eléctrica trifásica al nuevo complejo deportivo del Club Social y Deportivo Unión Apeadero, delimitado por las calles Hipólito Yrigoyen, J. Etchegoyen, A. Roigt, y calle a ceder.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE DESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil catorce.-

ORDENANZA Nº 65/2014.-

Buscar proyecto por concejal