Ordenanza N° 65/2019

  • Fecha de sanción: 02/07/2019
  • N° Promulgación: 3500
  • Decreto Promulgación: 1471/2019

 VISTO el expediente N° 166/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante expediente N° 3248/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar el contrato con el Sr. Alejandro Del Vecchio para formalizar la prestación de servicios de asistencia y consultoría del sistema RAFAM;  que, mediante Decreto N° 2980/00, el Poder Ejecutivo de la Provincia […]

 VISTO el expediente N° 166/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante expediente N° 3248/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar el contrato con el Sr. Alejandro Del Vecchio para formalizar la prestación de servicios de asistencia y consultoría del sistema RAFAM;

 que, mediante Decreto N° 2980/00, el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires declaró iniciado el proceso de reforma de la administración de los recursos financieros y reales en el ámbito municipal;

que, para llevar a cabo dicha reforma, se desarrolló e implementó un sistema informático denominado RAFAM, software que fue implementado por este Municipio;

que, el Municipio no cuenta con personal para la asistencia diaria en las dificultades que se presentan en la utilización del sistema informático y software provisto por la Provincia de Buenos Aires;

que, por ello resulta necesario contratar servicios de consultoría y asistencia del sistema RAFAM en los módulos de Presupuesto, Contrataciones, Contabilidad, Tesorería y Bienes Físicos, más el Software complementario del macro sistema RAFAM;

que, para dotar de operatividad al mencionado Convenio, en virtud de lo normado por el artículo N° 41° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, resulta necesaria su aprobación por el Honorable Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 2 de julio de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Apruébese el contrato celebrado entre la Municipalidad de Saladillo y el Sr. Alejandro Del Vecchio, D.N.I. N°23.087.284, por el término de cuatro meses contados a partir del día 1° de mayo de 2019, a los fines de formalizar la prestación de servicios de asistencia y consultoría administrativa e informática del sistema RAFAM, que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-

ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dese al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dos días del mes de julio del año dos mil diecinueve.-

ORDENANZA N° 65/2019.-

Anexo l

Buscar proyecto por concejal