Ordenanza N° 67/2020

  • Fecha de sanción: 11/11/2020
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

VISTO el expediente n° 142/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 3646/2020, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a donar un inmueble a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires para la construcción de la nueva sede de la Escuela Especial n° 501; que, el contrato de […]

VISTO el expediente n° 142/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 3646/2020, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a donar un inmueble a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires para la construcción de la nueva sede de la Escuela Especial n° 501;

que, el contrato de comodato suscripto entre la Municipalidad de Saladillo, en calidad de comodante, y la Escuela de Educación Especial nº 501 “Helen Keller”, en calidad de comodatario, con fecha 19 de noviembre de 2019, por el cual la primera cede en comodato a la segunda el inmueble identificado catastralmente como circunscripción I; fracción I; sección M; chacra 336; manzana 336p; parcela 2; con una superficie total de 5.114,82 m2;

que, el referido comodato tiene como antecedente, otro de idéntico tenor suscripto por las partes con fecha 3 de enero de 2018 y por el cual la Municipalidad de Saladillo otorgaba en préstamo de uso una porción de terreno para ser utilizada exclusivamente por la comodataria para la construcción del nuevo edificio donde funcionará la escuela;

que, conforme a la cláusula primera del contrato mencionado como antecedente, la comodante se comprometió a efectuar la transferencia de dominio del inmueble en cuestión, para lo cual asumiría a su cargo la demarcación del macizo, efectuar las aperturas de calles que correspondan y confeccionar, también a su cargo, el plano de mensura y división;

que, en cumplimiento de esta obligación se generó el plano de mensura, división y cesión de calles 093-0021-2019;

que, como la Escuela de Educación Especial Nº 501 “Helen Keller”, depende de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, correspondería efectuar la donación a esta última con el cargo de que en el inmueble donado se construya la sede del Centro de Educación Física de la Provincia de Buenos Aires;

que, la presente donación se corresponde con una política adoptada por el Departamento Ejecutivo Municipal de constante apoyo a las instituciones educativas que tienen su ámbito de actuación en el partido de Saladillo; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 11 de noviembre de 2020, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Donar a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I; Fracción I; Sección M; Chacra 336; Manzana 336p; Parcela 2; con una superficie total de 5.114,82 m2, originados mediante el plano de mensura y división 093-0021-2019, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires a nombre de la Municipalidad de Saladillo bajo la matricula 2.613.-

ARTÍCULO 2°: La presente donación se efectúa con el cargo de que la donataria construya en el inmueble donado la nueva sede de la Escuela de Educación Especial Nº 501 “Helen Keller” del Distrito de Saladillo en el término de cinco (5) años, a partir de la fecha de promulgación de la presente, caso contrario el dominio del inmueble donado quedará retrotraído de pleno derecho a favor de la Municipalidad de Saladillo sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna y sin que ello genere derecho a indemnización de cualquier tipo a favor de la donataria.-

ARTÍCULO 3°: Para el supuesto en que la Escuela de Educación Especial Nº 501 “Helen Keller” del Distrito de Saladillo deje de funcionar se aplicará idéntica solución a la del artículo 2°, salvo que en su lugar se disponga el funcionamiento de otra institución educativa, existente o a crearse.-

ARTÍCULO 4°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes de noviembre del año dos mil veinte .-

ORDENANZA N° 67/2020.-

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