VISTO el expediente n° 326/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 5001/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a donar un inmueble a la Sra. Elsa Catalina Ciceroni; que, por el expediente nº 5001-C-2019, iniciado por la Sra. Elsa Catalina Ciseroni, D.N.I. 13.114.717, solicita la escrituración mediante el mecanismo previsto en la Ley […]

VISTO el expediente n° 326/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 5001/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a donar un inmueble a la Sra. Elsa Catalina Ciceroni;

que, por el expediente nº 5001-C-2019, iniciado por la Sra. Elsa Catalina Ciseroni, D.N.I. 13.114.717, solicita la escrituración mediante el mecanismo previsto en la Ley 10.830 del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 14; Manzana 14c; Parcela 18; Partida: 093-19329; inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires a nombre de la Municipalidad de Saladillo, bajo la matrícula 11.218;

que, fs. 5/7 consta Acta de Notoriedad de donde surge que Elsa Catalina Ciseroni fué favorecida con una de las viviendas construídas en Prolongación Avenida Pereyra de esta ciudad, siendo el inmueble propiedad de la Municipalidad de Saladillo conforme a la escritura 347 del 19 de febrero de 1987 (ver fs. 8/14);

que, dado que se trata de una adjudicación de hace más de 30 años, que la vivienda continúa siendo ocupada por el grupo familiar del adjudicatario, resulta necesario consolidar jurídicamente dicha realidad;

que, en este sentido, el Director de Asuntos Legales considera conveniente efectuar la donación a favor de la Sra. Elsa Catalina Ciseroni, D.N.I. 13.114.717, del inmueble designado catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 14; Manzana 14c; Parcela 18; Partida: 093-19329; inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires a nombre de la Municipalidad de Saladillo, bajo la matrícula 11.218;

que, asimismo, y a fin de evitar especulaciones y negocios inmobiliarios, debería establecerse una restricción de ceder el uso del inmueble o transferirlo a terceros, a cualquier título, por un plazo que podría ser de cinco años, a contarse desde el otorgamiento de la escritura, como así también de establecer un cargo por el cual el inmueble debe ser utilizado por el donatario y/o su grupo familiar; y

CONSIDERANDO que en la Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 06 de abril de 2021, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Donar a la Sra. Elsa Catalina Ciseroni, D.N.I. 13.114.717, el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 14; Manzana 14c; Parcela 18; Partida: 093-19329; inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires a nombre de la Municipalidad de Saladillo,c bajo la matrícula 11.218.-

ARTÍCULO 2º: La presente donación se realiza con el cargo de utilizar el inmueble únicamente para vivienda de la donataria y su grupo familiar.- Para el supuesto en que no cumplieran con el cargo impuesto en el presente artículo, el dominio del inmueble donado quedará retrotraído de pleno derecho a favor de la Municipalidad de Saladillo sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna.-

ARTÍCULO 3º: Asimismo se establece con respecto al inmueble donado la prohibición de ceder su uso, transferirlo, venderlo y/o constituir sobre los mismos derechos reales y/o gravámenes, a favor de terceros, todo ello por el término de 5 años contados a partir de la aceptación de la donación. La violación de la presente prohibición traerá aparejada la revocación de la donación efectuada, y la retrocesión del dominio, de pleno derecho, a favor de la Municipalidad de Saladillo, sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna.-

ARTÍCULO 4°: Declarar de interés social la escrituración del inmueble detallado en el artículo 1° a favor de la Sra. Elsa Catalina Ciseroni, D.N.I. 13.114.717, a cuyo efecto requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de autorizar su otorgamiento.

ARTÍCULO 5°:  Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los seis días del mes de abril del año dos mil veintiuno.-

ORDENANZA N° 7/2021.-

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