VISTO, el expediente N°54/2025, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediente el expediente N°1650/2025, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a convalidar los Decretos 601/2025 y 602/2025 sobre Asignaciones Familiares;
que, la Ley 24.714 y sus modificatorias instituye con carácter nacional y obligatorio al Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad pública nacional;
que asimismo la Ley 14.656 regulatoria del empleo público municipal en la Provincia de Buenos Aires, establece entre los derechos del trabajador municipal subsidios y asignaciones familiares conforme a la ley nacional;
que, el día 26 de febrero de 2025, entre el Departamento Ejecutivo, el Sindicato de Trabajadores Municipales de Saladillo y Unión Personal Civil de la Nación se llevó a cabo la negociación paritaria con el objetivo de tratar el incremento salarial de los trabajadores municipales;
que, del acta de negociación surge que las partes arribaron a un acuerdo en virtud del cual el Municipio otorgará un aumento salarial equivalente al 10 % sobre el básico del régimen de 30 horas semanales y su proporcional en los regímenes de 40 y 48 horas semanales, como así también un incremento del 30% en las asignaciones familiares;
que, como resultado del aumento referido y conforme a la actual escala y montos, muchos de los trabajadores dejarían de percibir las asignaciones familiares, resultando necesario efectuar una modificación en las escalas y/o tramos de sueldos, y en idéntico porcentaje que el aumento que el trabajador percibirá en los meses febrero y abril del año 2024, a fin de evitar la pérdida de las prestaciones en relación a los salarios;
que, idéntica solución se adoptó con relación al impacto en las asignaciones familiares que tuvo el aumento salarial dispuesto los años anteriores;
que, razones de justicia social hacen necesario implementar políticas que impulsen medidas orientadas a proteger los intereses de los trabajadores de este municipio, por lo que se debe efectuar una modificación en las escalas y/o tramos de sueldos, y en idéntico porcentaje que el aumento que el trabajador perciba como consecuencia de la negociación paritaria llevada a cabo, a fin de evitar la pérdida de las prestaciones en relación a los salarios;
que, en consecuencia y dada la premura que amerita la cuestión, el Departamento Ejecutivo mediante Decreto 601/2025 procedió a fijar a partir del 1º de marzo de 2025 el incremento del 30% de los montos de las asignaciones familiares y mediante Decreto 602/2025 se procedió a adecuar las escalas de asignaciones familiares; ambos decretos, ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO que en la Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 01 de abril de 2025, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Convalidar el Decreto N° 601/2025, mediante el cual se fija a partir del 1º de marzo de 2025 el incremento del 30% de los montos de las asignaciones familiares.-
ARTÍCULO 2°: Convalidar el Decreto N° 602/2025, mediante el cual se fija a partir del 1º de marzo de 2025 las nuevas escalas de Asignaciones Familiares.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, al primer día del mes de abril del año dos mil veinticinco.-
ORDENANZA Nº 7/2025.-