VISTO el expediente N° 215/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 4292/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar el protocolo específico N° 4 suscripto con la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, referente al dictado de la “Diplomatura en Internet de las Cosas – IOT”; que, el Convenio Marco fué suscripto […]
VISTO el expediente N° 215/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 4292/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar el protocolo específico N° 4 suscripto con la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, referente al dictado de la “Diplomatura en Internet de las Cosas – IOT”;
que, el Convenio Marco fué suscripto entre la Universidad Nacional de Lomas de Zamora y la Municipalidad de Saladillo con fecha 5 de diciembre de 2018, y aprobados por Ordenanza N° 3461 (HCD 24/19);
que, a través del mismo las partes declaran su intención de colaboración recíproca asistiendo la universidad a la Municipalidad en las instalaciones del Centro Universitario Regional Saladillo (C.U.R.S.);
que, con fecha 8 de marzo de 2021 las partes suscriben el Protocolo Específico Nº 4, sobre el dictado de la Diplomatura en Internet de las Cosas (IOT);
que, conforme a lo normado por el artículo 41° del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) el convenio mencionado debe ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 7 de septiembre de 2021, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Protocolo Específico Nº 4 suscripto con fecha 8 de marzo de 2021 entre la Universidad Nacional de Lomas de Zamora y la Municipalidad de Saladillo, que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-
ARTÍCULO 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Anexos, Actas y/o Acuerdos Complementarias que fueran necesarias para cumplir con el objeto del convenio a que se refiere el artículo 1°.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los siete días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno.-
ORDENANZA N° 71/2021.-
ANEXO I