VISTO el expediente N° 230/2024, iniciado por el Bloque de Concejales de Juntos por el Cambio, quien eleva proyecto de Ordenanza disponiendo acciones entre el “Museo de Archivo Histórico de Saladillo” y las Bibliotecas de las Localidades del Interior;
que, resulta necesario continuar resguardando, promoviendo la identidad, la memoria y el patrimonio de las localidades del interior del partido;
que, la última definición aprobada por el Consejo Internacional de Museos, en agosto de 2022 expresa que “Un museo es una institución sin ánimo de lucro, permanente y al servicio de la sociedad, que investiga, colecciona, conserva, interpreta y exhibe el patrimonio material e inmaterial. Abiertos al público, accesibles e inclusivos, los museos fomentan la diversidad y la sostenibilidad. Con la participación de las comunidades, los museos operan y comunican ética y profesionalmente, ofreciendo experiencias variadas para la educación, el disfrute, la reflexión y el intercambio de conocimientos.”;
que, cada una de las funciones (investigar, coleccionar, conservar y comunicar) da origen a un área de atención específica que exige profesionales afines y un espacio adecuado, es decir, que su estructura deberá presentar los recursos humanos indispensables para cumplir con las funciones básicas y hallar su correlato en el espacio: la zonificación del edificio;
que, en los museos, las tipologías han sido diversas a lo largo del tiempo, pero la que siempre ha prevalecido más general o más específica es por disciplinas. Se debe tener en cuenta que los tipos de museos nunca se dan puros en su aplicación real, pudiendo albergar varias colecciones, pero siempre una se impone sobre las demás y termina dándole la tipología al museo;
que, el Museo de Saladillo es una institución con un equipo profesionalizado en materia de museología, archivística, conservación preventiva, etcétera y con la disposición de espacios y sectores (zonificación del edificio);
que, el “Museo de Saladillo” que ocupa el edificio del antiguo Banco Provincia, y que fue creado por Ordenanza 13/1988 como “Museo y Archivo Histórico Municipal de Saladillo”, cuenta con cuatro salas de muestra permanente: Historia local y regional, Cs. Naturales, Medios de Comunicación y Malvinas a las que se suman tres salas de muestras temporarias y el auditorio;
que, el equipo de trabajo está compuesto por siete empleados/as: que se desempeñan en las áreas administrativas en lo que hace a la coordinación museológica, apertura del museo y áreas técnicas en lo referente a investigación, museografía, archivo histórico, relaciones con la comunidad, conservación preventiva, patrimonio digital, reserva de colecciones y un constante vínculo con todos los niveles del sistema educativo para organizar visitas, líneas de trabajo e investigaciones;
que, actualmente se está registrando el Fondo de Juzgado de Paz que contiene los documentos más antiguos del partido de Saladillo;
que, en ese sentido, desde el Museo de Saladillo se proyectan realizar acciones culturales tendientes a valorizar el patrimonio tangible e intangible de cada Localidad, a través de entrevistas, ciclos de charlas, muestras temporarias e itinerantes en las localidades del interior del partido y determinar espacios en las bibliotecas municipales, en las que podrán incluirse curatorialmente algunas colecciones comunitarias si existiesen;
que, las bibliotecas ofrecen servicios y espacios de consulta, expresión y desarrollo de actividades culturales, de la lectura y de extensión bibliotecaria en forma amplia, libre y pluralista, brindando información, educación, recreación y animación socio-cultural, por medio de una colección bibliográfica y multimedial general y abierta al público;
que, las bibliotecas municipales son instituciones en cuya esencia reside la cultura y, se constituyen como espacios que vinculan diferentes experiencias que promueven la apropiación cultural de las comunidades;
que, el Museo y Archivo Histórico de Saladillo en su plan de gestión contempla la integración del partido de Saladillo en su totalidad para enriquecer y fortalecer nuestra historia e identidad local, cumpliendo con la función orgánica de los museos como instituciones que salvaguardan la identidad, la memoria y el patrimonio del territorio que ocupan;
que, la gestión de colecciones requiere de la creación de un plan de acción donde se establezcan estrategias y criterios que procuren corregir las debilidades de la colección mientras se mantienen sus puntos fuertes. Ese plan debe quedar plasmado en lo que se conoce como política de gestión de colecciones (P.G.C.) y se trata básicamente de un documento prescriptivo que proporciona información de utilidad para orientar al personal del museo en la toma de decisiones que conlleva la construcción y mantenimiento de las colecciones que se ponen a disposición de la comunidad, constituyendo un instrumento fundamental para el buen funcionamiento de la institución museal;
que, cada museo elabora su plan de gestión de colecciones atentos a sus propias realidades y posibilidades para establecer las acciones adecuadas; y
CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 10 de septiembre de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Disponer dentro de las atribuciones del “Museo y Archivo Histórico de Saladillo” la realización de una red de trabajo participativo con las bibliotecas de las localidades del interior del partido de Saladillo y sus comunidades, mediante acciones culturales como muestras temporarias e itinerantes, trabajos de investigación, ciclos de charlas. articulación con el sistema educativo de cada localidad y otras actividades de extensión que contribuyan a la construcción de la identidad local.-
ARTÍCULO 2°: Establecer a las Bibliotecas Municipales de cada localidad como espacios físicos para concretar y sostener las actividades especificadas en el artículo 1°.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro.-
ORDENANZA Nº 72/2024.-