Ordenanza N° 75/1988

  • Fecha de sanción: 21/11/1988
  • N° Promulgación: 1144
  • Decreto Promulgación: 288/88

INCREMENTO DE ASIGNACIONES FAMILIARES A PARTIR DEL 1? DE OCTUBREDE 1988.-

VISTO el expediente nº1613/88 del Departamento Ejecutivo (correspondiente al expediente Nº358/88 de este Honorable Concejo Deliberante) referente incrementos de asignaciones familiares para el Personal Municipal con retroactividad al 1§ de octubre de 1988; y

CONSIDERANDO las pautas acordadas por resolución conjunta del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Nº930 y de Economía 987, se han dispuesto en el Orden Nacional dichos incrementos;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILL0, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Fíjase con retroactividad al 1º de octubre de 1988, para todos los agentes de administración municipal, en concepto de asignaciones familiares, los siguientes valores;

1. – Cónyuge 40.-
2. – Hijo y/o familiar a cargo 45.-
3. – Hijo incapacitado a cargo 45.-
4. – Familiar incapacitado a cargo 45.-
5. – Prenatal 45.-
6. – Adicional por familia numerosa 26.-
7. – Pre-escolaridad 30.-
8. – Por escolaridad primaria 30.-
9. – Por escolaridad media y superior 30.-
10- Por nacimiento de hijo 300.-
11- Por adopción 300.-
12- Por matrimonio 300.-
13- Ayuda escolar primario de pre-escolaridad a 3º grado 140.-
14- Ayuda escolar primario de 4º a 7º grado 165.-

Los importes de los conceptos 7, 8, 9 se duplicarán cuando el alumno concurra a establecimientos donde se imparta Educación Diferencial.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los treinta y un días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y ocho.

ORDENANZA Nº75/88.-

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