Ordenanza N° 76/2012

  • Fecha de sanción: 11/09/2012
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

ADJUDICAR UN INMUEBLE A FAVOR DE ADRIANA RUIZ Y GUILLERM BRAMAJO EN EL PLAN NUEVAS PAREJAS.

VISTO el expediente nº 181/2012, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 4098-2469/2012, que eleva proyecto de Ordenanza adjudicando sin cargo un inmueble a favor de Adriana O. Ruiz y Guillermos R. Bramajo, en el marco del Programa “Plan Nuevas Parejas”;

que, el expediente nº 4098-2469/2012, iniciado por los Sres. Adriana Otilia Ruíz y Guillermo Rubén Bramajo, y en el que solicitan la escrituración de un inmueble que le fuera adjudicado en el marco del denominado Plan Novios, y que se identifica catastralmente como Circunscripción I, Sección E, manzana 101 u, Parcela 8;

que, conforme surge de las mencionadas actuaciones (acta de recepción de vivienda de fojas 3) el adjudicatario debería abonar la suma de $ 18.858, distribuidos de la siguiente manera: la suma de $ 13.500 al Instituto de la Vivienda, y el resto, es decir la suma de $ 5.358, a la Municipalidad de Saladillo;

que, conforme resulta de las actuaciones, los adjudicatarios abonaron la suma adeudada a la Municipalidad (salvo el importe inicial de $ 350), no así la que debían abonar al Instituto de la Vivienda, no obstante lo cual la Municipalidad ya ha transferido dicha suma al organismo acreedor, por lo que eventualmente puede recuperar la suma de $ 13.850 de los adjudicatarios;

que, para ello puede suscribirse un convenio con los adjudicatarios, para efectivizar la restitución de las sumas adeudadas y previa actualización correspondiente, a fin de evitar la necesidad de constituir derecho real de garantía sobre el inmueble objeto del pedido, encontrando esta posibilidad antecedentes en las escrituraciones del denominado “Plan Bomberos”;

que, de las actuaciones resulta que el lote donde se ha asentado la vivienda adjudicada, ha sido otorgado en donación, en el marco “Plan Nuevas Parejas” – “Plan Familia Propietaria” (ver informe de fs. 40), por lo que corresponde el dictado de una Ordenanza por medio de la cual se adjudique, sin cargo, a favor de los beneficiarios, el inmueble oportunamente otorgado en el marco de los Programas “Plan Nuevas Parejas” – “Plan Familia Propietaria”;

que, asimismo y con el fin que la escritura traslativa de dominio se otorgue con la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, corresponde que se declare de Interés Social la escrituración; y

CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 11 de septiembre de 2012, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos que aconseja su aprobación;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Adjudícase sin cargo, en el marco del Programa “Plan Nuevas Parejas – Plan Familia Propietaria”, y a favor de Adriana Otilia Ruíz, D.N.I. 22.333.357 y Guillermo Rubén Bramajo, D.N.I. 22.671.272, el inmueble que se identifica catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Manzana 101 u, Parcela 8, Partida Inmobiliaria 16.549 e inscripto en la Matrícula 14.401 del Partido de Saladillo (093).-

ARTICULO 2º: Declárase de Interés Social la escrituración del inmueble mencionado en el artículo anterior, en los términos del artículo 4º, inc. d) de la Ley 10.830, a fin de tramitar la escritura traslativa de dominio con intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 3º: Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1, en la escritura traslativa de dominio se deberá hacer constar que “El beneficiario no podrá transferir el inmueble por el término de 5 años, bajo condición resolutoria, debiendo utilizar la vivienda como única y de ocupación permanente, generando su incumplimiento el derecho a la revocación del dominio.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes de septiembre del año dos mil doce.-

ORDENANZA Nº 76/2012.-

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