CONCESION DEL USO GRATUITO DEL INMUEBLE UBICADO EN LA PLANTA BA-JA-CASA HABITACION DEL EDIFICIO CENT MEDIA, TECNICA Y AGRARIA.-

VISTO lo solicitado por la Jefatura de Zona-Región XII respecto de la necesidad de la misma de contar con oficinas para desarrollar sus tareas; y

CONSIDERANDO que el Municipio cuenta con la tenencia y Administración otorgada por el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, obrante en el Departamento Ejecutivo de un inmueble casa-habilitación ubicado en el Centro Cívico, calle Sarmiento – Planta Baja;

que, la misma sería apropiada para los fines solicitados;

que, la ley 9533/80 en su artículo 38º permite a las Municipalidades conceder en uso de los inmuebles provinciales en la situación jurídica antes nombrada (expediente Departamento Ejecutivo nº1121/89 – fs. 1/4 inclusive);

que, asimismo la concesión en este caso encuadra en lo estipulado en el artículo 28º, inciso 1º de la presente ley; no siendo de aplicación los incisos 2 y 3 del artículo antes nombrado, dado el carácter de la entidad peticionaria;

que, es atribución del Honorable Concejo Deliberante autorizar por Ordenanza la concesión de uso gratuito;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Concédese el uso gratuito del inmueble ubicado en la Planta Baja Casa-Habitación del Edificio Centro Cívico de Saladillo, sito en calle Sarmiento 3047 en los términos del artículo 28, inciso 10) de la Ley 9533/80 a la Dirección General de Escuela con afectación exclusiva para la JEFATURA DE ZONA – REGION XII de la Dirección de Educación, Media, Técnica y Agraria.

ARTICULO 2º: El término de la concesión ser  de cinco (5) años contado desde la promulgación de la presente Ordenanza.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y nueve.

ORDENANZA Nº77/89.

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