VISTO el expediente N° 194/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 2118/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio Marco de Colaboración con la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, para la implementación de un plan integral de seguridad vial en el partido de Saladillo; que, el mismo tiene por […]

VISTO el expediente N° 194/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 2118/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio Marco de Colaboración con la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, para la implementación de un plan integral de seguridad vial en el partido de Saladillo;

que, el mismo tiene por objeto el fortalecimiento de la Seguridad Vial en la Provincia de Buenos Aires a través de la instrumentación entre las partes de un Plan Integral de Seguridad Vial;

que, las partes acuerdan desarrollar y aplicar en forma conjunta y coordinada políticas tendientes a contrarrestar y disminuir los índices de siniestralidad y mortalidad en el tránsito;

que, conforme a lo normado por el artículo 41° del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) el convenio mencionado debe ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 7 de septiembre de 2021, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Seguridad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Aprobar el Convenio Marco de Colaboración para la Implementación de un Plan Integral de Seguridad Vial en el Partido de Saladillo suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial de la Provincia de Buenos aires, con fecha 12 de abril de 2021, que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-

ARTÍCULO 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Anexos, Actas y/o Acuerdos Complementarias que fueran necesarias para cumplir con el objeto del convenio a que se refiere el artículo 1°.-

ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los siete días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno.-

ORDENANZA N° 77/2021.-

ANEXO I

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