Ordenanza N° 78/2017
- Fecha de sanción: 01/08/2017
- N° Promulgación: 3175
- Decreto Promulgación: 1831/2017
VISTO el expediente nº 195/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 3490/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza aprobando Convenio de Cooperación y Asistencia suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y el Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires; que, el Convenio de Cooperación y Asistencia fué suscripto el 16 de […]
VISTO el expediente nº 195/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 3490/2017, quién eleva proyecto de Ordenanza aprobando Convenio de Cooperación y Asistencia suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y el Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires;
que, el Convenio de Cooperación y Asistencia fué suscripto el 16 de junio de 2017 entre la Municipalidad de Saladillo y el Distrito III del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires;
que, mediante el mismo las partes se comprometen a prestarse mutua colaboración en todas aquellas actividades que hagan al mejor cumplimiento de sus fines específicos o que permitan brindar un servicio a la comunidad de sus respectivas áreas de influencia;
que, conforme a lo normado por el artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y a efectos de dotar de operatividad al mencionado Convenio, resulta necesaria su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 01 de agosto de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébase el Convenio de Cooperación y Asistencia suscripto con fecha 16 de junio de 2017 entre la Municipalidad de Saladillo y el Distrito III del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, obrante a fs. 1 / 2 del mencionado expediente.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, al día uno del mes de agosto del año dos mil diecisiete.-
ORDENANZA Nº 78/2017.-