Ordenanza N° 78/2021
- Fecha de sanción: 07/09/2021
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente N° 195/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 2117/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio Específico en materia de prevención de las situaciones de violencia familiar, suscripto con el Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires; que, en virtud del mismo las partes se comprometen a […]
VISTO el expediente N° 195/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 2117/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio Específico en materia de prevención de las situaciones de violencia familiar, suscripto con el Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires;
que, en virtud del mismo las partes se comprometen a poner en marcha el Sistema de Alerta para la Prevención de la Violencia Familiar y de Género;
que, el referido sistema consiste en la instalación de un software y un hosting de 100 activaciones de APP para Smartphone y 3 botones anti pánico físicos (en formato llaveros), destinado a mujeres víctimas de violencia familiar y de género;
que, conforme a lo normado por el artículo 41° del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) el convenio mencionado debe ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 7 de septiembre de 2021, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Seguridad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Convenio Específico en Materia de Prevención de las Situaciones de Violencia Familiar y de Género suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y el Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires, con fecha 12 de abril de 2021, que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-
ARTÍCULO 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Anexos, Actas y/o Acuerdos Complementarias que fueran necesarias para cumplir con el objeto del convenio a que se refiere el Artículo 1°.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los siete días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno.-
ORDENANZA N° 78/2021.-