Ordenanza N° 79/2011

  • Fecha de sanción: 20/09/2011
  • N° Promulgación:
  • Decreto Promulgación:

SUSPENDER EL OTORGAMIENTO DE PERSMISO DE DEMOLICION DE FACHADAS DE INMUEBLES EN SALADILLO POR EL TERMINO DE 30 DIAS.

VISTO el expediente nº 218/2011, iniciado por los Sres. David Luis y María Mercedes Censi, que elevan nota solicitando intervención en el debate respecto a la protección del Patrimonio Cultural; y

CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 20 de septiembre de 2011, este Honorable Cuerpo pasó a Cuarto Intermedio a fin de que la Comisión de Obras Públicas y Vialidad atienda la inquietud de los peticinantes, los cuales participaron de la reunión, que se recomienda ingresar como antecedente un listado de Bienes Muebles e Inmuebles para evaluar su factibilidad de encuadrarse como Patrimonio Histórico de Saladillo;

que, asimismo los peticionantes solicitan medidas precautorias que aseguren su protección hasta tanto se analicen los casos expuestos;

que, en estas condiciones la Comisión de Obras Públicas y Vialidad recomienda la sanción de una Ordenanza;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Suspéndase el otorgamiento de permisos de demolición de fachadas de bienes inmuebles en todo el Partido de Saladillo, por un plazo de treinta (30) días a partir de la sanción de la presente, siendo este plazo improrrogable.-

ARTICULO 2º: En el caso de presentarse un pedido de demolición, el mismo deberá ser evaluado por la Secretaría de Cultura remitiendo un informe al Honorable Concejo Deliberante, el cual resolverá sobre la petición.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil once.-

ORDENANZA Nº 79/2011.-

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