VISTO el expediente N° 43/2025, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 1279/2025, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio con AADI-CAPIF A.C.R.;

que, los eventos y espectáculos artísticos y de recreación que realiza y/o produce la Municipalidad de Saladillo, se difunden fonogramas generando así la obligación legal para el municipio de abonar las retribuciones correspondientes a los artistas intérpretes y a los productores fonográficos fijadas por la Res. 390/05 SMC;

que, AADI-CAPIF, es la asociación habilitada para recaudar los derechos por la ejecución pública de fonogramas de los artistas intérpretes musicales y los productores de fonogramas tantos nacionales como extranjeros en todo el territorio nacional;

que, con el objeto de fijar el monto de los aranceles a abonar por la comunicación pública de fonogramas en los eventos que realizará la Municipalidad de Saladillo durante el año 2024 se suscribe un convenio entre este municipio y AADI-CAPIF A.C.R.;

que, a efectos de dotar de operatividad al convenio referido resulta necesaria la aprobación del mismo por parte del Honorable Concejo Deliberante conforme a lo normado por el art. 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y

CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 22 de abril de 2025, este Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°: Aprobar el Convenio suscripto entre AADI-CAPIF A.C.R. y la Municipalidad de Saladillo, con fecha 26 de diciembre de 2024, que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-

ARTICULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-        

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los  veintidós días del mes de abril del año dos mil veinticinco.-

ORDENANZA Nº 8/2025.-

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