BONIFICACION ADICIONAL PARA LOS AGENTES MUNICIPALES A PARTIR DEL1? DE DICIEMBRE DE 1989.-
VISTO el expediente nº1529/89 (correspondiente al expediente nº162/89 de este Honorable Concejo Deliberante) por el cual el Departamento Ejecutivo eleva Proyecto de Ordenanza sobre remuneración fija de australes cincuenta mil para los Agentes de la Administración Municipal; y
CONSIDERANDO el informe del Señor Contador Municipal, obrante a fs. 1 de las presentes actuaciones;
que, el despacho favorable de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja aprobar el proyecto ut-supra mencionado;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Establecese por única vez una Bonificación Adicional para todos los agentes de la Administración Municipal, para el mes de diciembre del corriente año de australes cincuenta mil (=A= 50.000).-
ARTICULO 2º: Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior amplíanse las siguientes partidas del Presupuesto de Gastos Vigente:
JURISDICCION I – FINALIDAD I – ITEM I
Bonificación Adicional =A= 250.000
JURISDICCION II – FINALIDAD I – ITEM I
Bonificación Adicional =A= 3.500.000
ITEM 2
Bonificación Adicional =A= 2.900.000
ITEM 3
Bonificación Adicional =A= 850.000
ITEM 4
Bonificación Adicional =A= 150.000
FINALIDAD II – SALUD PUBLICA – ITEM 1
Bonificación Adicional =A= 700.000
FINALIDAD III – SERVICIOS ESP.URBANOS – ITEM 1
Bonificación Adicional =A= 6.300.000
ITEM 2
Bonificación Adicional =A= 1.100.000
FINALIDAD IV – INF. VIAL – ITEM 1
Bonificación Adicional =A= 1.050.000
FINALIDAD V – BIENESTAR SOCIAL – ITEM 1
Bonificación Adicional =A= 500.000
TOTAL =A= 17.300.000
ARTICULO 3º: Amplíase el Cálculo de Recursos vigente en la Partida que a continuación se indica:
INGRESOS DE OTRAS JURISDICCIONES
Ley 10.559 =A= 17.300.000
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y nueve.
ORDENANZA Nº80/89.-