BONIFICACION POR UNICA VEZ CON UN DESCUENTO DE UN20% A CONTRIBUYENTES POR TASAS URBANAS QUE NO REGI
VISTO el expediente nº302/90 (correspondiente al expediente nº1244/90 del Departamento Ejecutivo), referente proyecto de Ordenanza por la que se otorga un descuento del 20 % a aquellos que no registren deuda al 31/12/89; y
CONSIDERANDO que sería oportuno el reconocimiento para aquellos contribuyentes que no registren deuda 31/12/89 o hayan suscripto Convenio de pago con este Municipio y se hallen al día en el cumplimiento de sus obligaciones;
que, en la Sesión Extraordinaria del día 12 de noviembre de 1990, el Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de Comisión de Presupuesto y Hacienda que en su parte pertinente expresa: «… esta Comisión aconseja aprobar el proyecto de Ordenanza respectivo»;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Bonifícase por única vez con un descuento de un 20% a aquellos contribuyentes por Tasas Urbanas (Agua Corriente y Cloacas y Servicios Urbanos) que no registren deuda al 31/12/89 o hayan suscripto con el Municipio el Convenio respectivo.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los doce días del mes de noviembre de mil novecientos noventa.-
ORDENANZA Nº83/90.-