Ordenanza N° 85/1986
- Fecha de sanción: 29/10/1986
- N° Promulgación: 961
- Decreto Promulgación: 271/86
CREACION DENTRO DEL PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENTELAS CUENTAS –CON SUS RESPECTIVOS CREDITOS – HONOR
VISTO el expediente nº337/86, que se corresponde con el nº1426/86 del Departamento Ejecutivo, respecto a creación y ampliación de Partidas del Presupuesto de Gastos en vigencia tomando los recursos del «Crédito Adicional»; y
CONSIDERANDO que el Departamento Ejecutivo cumplimenta lo requerido por este Cuerpo al aprobar la «Ampliación del Cálculo de Recursos» derivado de la mayor coparticipación proveniente del Superior Gobierno de la provincia, el informe favorable de la Contaduría Municipal y los estudios efectuados por la respectiva Comisión de lo que queda un remanente podrán ser aplicados a gastos no previstos;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Créase dentro del Presupuesto de Gastos vigente, las siguientes cuentas con sus respectivos créditos:
JURISDICCION I – HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE:
FINALIDAD I – ADMINISTRACION GENERAL – ITEM 1. –
1.1.1.1.2. PERSONAL JERARQUICO
Sub-Secretario 1 cargo 220 660.-
1.1.2.14.1.BIENES Y SERVICIOS
«Fiestas Pcas.Agasajos y Recep. Oficiales» 500.-
TOTAL 1.160.-
ARTICULO 2º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior, se tomarán de la siguiente partida:
FINALIDAD VI – A CLASIFICAR:
1.4.1. «Crédito Adicional» 1.160. –
ARTICULO 3º: Incrementase dentro del Presupuesto de Gastos vigente las siguientes Partidas:
JURISDICCION I – HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
FINALIDAD I – ADMINISTRACION GENERAL – ITEM 1. –
GASTOS EN PERSONAL.-
1.1.1.2.5. Personal Contratado 1.500. –
1.1.1.3.2. Sueldo Anual Complementario 70. –
1.1.1.3.4. Horas Extras 700. –
1.1.1.4.1. Al Inst. de Previsión Social 50.-
1.1.1.4.2. Al Inst. de Obras Medico Asistencial 30.-
BIENES Y SERVICIOS:
1.1.2.6. Gastos por Servicios Públicos.- 400. –
1.1.2.7. Propaganda y Publicidad.- 800. –
1.1.2.9. Uniformes, Equipos y Art. de Ropería.- 500. –
1.1.2.10. Utiles, Libros Imp. y Encuadernaciones.- 1.000. –
1.1.2.11. Vi ticos y Movilidad.- 500. –
1.1.2.14.3. Gastos Generales Varios.- 500. –
BIENES:
2.5.1.3. Moblajes, Art., Acc. Y Tapicería 6.000. –
2.5.1.6. Adq. Generales Varias.- 300.-
TOTAL 12.350. –
ARTICULO 4º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior, se tomarán de la siguiente partida:
FINALIDAD VI – A CLASIFICAR
1.4.1. «Credito Adicional» 12.350. –
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinte días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y seis.-
ORDENANZA Nº85/86. –