VISTO el expediente N° 133/2024, iniciado por el Sr. Guillermo Ni Coló, quién eleva nota solicitando una reforma en el Reglamento Interno de este H. Cuerpo; y

CONSIDERANDO que en la Décima Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 26 de noviembre de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar una Ordenanza;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°: Crear el artículo 45° bis del Reglamento Interno, que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 45° bis: Se considerará autor del proyecto, la firma del Concejal que se encuentre al pie del mismo en su margen superior derecho.- Si la acompañan otras firmas, se consideran co-autores”.-

ARTICULO 2°: Modificar el artículo 116° del Reglamento Interno, que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 116°: La petición del vecino será presentada como cualquier otro proyecto, y habiendo tenido tratamiento parlamentario se enviará a la Comisión que corresponda según la naturaleza de la materia que tratase, lo que dictará su despacho al efecto de la viabilidad de lo solicitado, previa evaluación de la conveniencia y oportunidad que el caso merece.- Dicho despacho deberá ser notificado por escrito al autor de la petición”.-

ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiseis días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro.-

ORDENANZA Nº 85/2024.-

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