Ordenanza N° 9/2014

  • Fecha de sanción: 06/05/2014
  • N° Promulgación: 2872
  • Decreto Promulgación: 641/14

DECLARAR LA INCOMPETENCIA DEL AREA DE RECURSOS HUMANOS PARA REALIZAR TAREAS DE UN GRAFOLOGO Y UN MEDICO

VISTO el expediente nº 68/2014, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 136/2014, que eleva Decreto Nº 51/2014 ad-reférendum del Honorable Cuerpo declarando la incompetencia del Area de Recursos Humanos para realizar tareas inherentes a un grafólogo como así también a un médico;

que, el expediente nº 136/2014, iniciado por la Responsable de Recursos Humanos;

que, mediante el expediente referenciado se informa que desde el Area de Recursos Humanos se realizan entre otras actividades estudios grafológicos y test psicológicos de personalidad a todas aquellas personas que pretendan ingresar a trabajar en la Administración Pública Municipal, teniendo a su cargo además todo lo atinente a la medicina laboral;

que, el área mencionada no cuenta con personal capacitado y habilitado para realizar las tareas antedichas;

que, conforme el planteo formulado, debe proceder a declararse la incompetencia del Area de Recursos Humanos, autorizándose la contratación de personal calificado para realizar las mencionadas tareas;

que, dicha incompetencia debe ser declarada por el Honorable Concejo Deliberante;

que, al encontrarse dicho órgano en receso estival resulta necesario efectuar la declaración de incompetencia mediante el dictado de un decreto del Departamento Ejecutivo ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, a efectos de no ver entorpecido el normal funcionamiento de la Administración Pública; y

CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 6 de mayo del año 2014, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que recomienda su convalidación;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del Area de Recursos Humanos, por carecer de personal calificado, para realizar las tareas inherentes a un grafólogo como así también a un médico.-

ARTICULO 2º: Autorícese a la Oficina de Contaduría y al Area mencionada a contratar los profesionales, técnicos y demás personas que reúnan las condiciones, capacidades e idoneidades propias de las funciones a realizar.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los seis días del mes de mayo del año dos mil catorce.-

ORDENANZA Nº 9/2014.-

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