VISTO el expediente N° 341/2024, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 6405/2024, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a convalidar declaraciones de incompetencias de la Secretaría de Desarrollo Local;
que, mediante los Decretos nº 184/2024, 217/2024, 404/2024, 916/2024, 1409/2024 y 2181/2024 se declara la incompetencia de distintas dependencias que componen la Secretaría de Desarrollo Local, por carecer de personal para realizar diversas tareas;
que, al no contar las respectivas áreas con personal idóneo, o bien con el que se cuenta se encuentra abocado a otras tareas, deviene necesario proceder a la contratación de quien pueda llevarlas a cabo con la idoneidad propias de la actividad de que se trate;
que, doctrinariamente el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha considerado factible la contratación de profesionales por parte del Departamento Ejecutivo, siempre que no se cuente con personal especializado o el existente se declare incompetente;
que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 66 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, este tipo de contrataciones por parte de la municipalidad, serán considerados gastos especiales;
que, atento a ello resulta necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante en un todo de acuerdo al artículo 32 de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, no obstante, lo cual, y dada la premura que merece la disposición del recurso humano mencionado, se procedió al dictado de un decreto ad referéndum autorizando la contratación en cuestión; y
CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria, llevada a cabo el día 17 de diciembre de 2024, este Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, mediante el cual aconseja sancionar el mencionado proyecto en general; y en particular el artículo 1° por mayoría; y los artículos 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8° por unanimidad;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Convalidar la declaración de incompetencia de la Secretaría de Desarrollo Local efectuada mediante Decreto 184/2024 del Departamento Ejecutivo, para llevar a cabo la tarea de comunicación.-
ARTÍCULO 2°: Convalidar la declaración de incompetencia de la Dirección de Turismo y de la Secretaría de Desarrollo Local –área a la que pertenece la primera, efectuada mediante Decreto 217/2024 del Departamento Ejecutivo, para desarrollar la promoción de la actividad turística de Saladillo a nivel nacional.-
ARTÍCULO 3°: Convalidar la declaración de incompetencia de la Secretaría de Desarrollo Local, efectuada mediante Decreto 404/2024 del Departamento Ejecutivo, para llevar a cabo los trabajos de coordinación de control de plagas en el Partido de Saladillo.-
ARTÍCULO 4°: Convalidar la declaración de incompetencia de la Secretaria de Desarrollo Local, efectuada mediante Decreto 916/2024 del Departamento Ejecutivo, elaborar una plataforma digital que brinde servicios digitales a trabajadores de oficios del Partido de Saladillo.-
ARTÍCULO 5°: Convalidar la declaración de incompetencia de la Secretaria de Desarrollo Local, efectuada mediante Decreto 1409/2024 del Departamento Ejecutivo, para brindar capacitaciones y asesoramiento sobre marketing digital y venta online, en el marco del programa “Saladillo Incuba”.
ARTÍCULO 6°: Convalidar la declaración de incompetencia de la Secretaría de Desarrollo Local, efectuada mediante Decreto 2181/2024 del Departamento Ejecutivo, para brindar capacitaciones y asesoramiento sobre estructura contable, modelo de negocios y comercialización, a los emprendedores que participen del programa municipal “Capital Semilla”.-
ARTÍCULO 7°: Autorizar y aprobar los gastos de carácter especial originados por la contratación del personal idóneo efectuada en el marco de las incompetencias declaradas por los decreto mencionados en los artículos que anteceden.-
ARTÍCULO 8°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro.-
ORDENANZA Nº 92/2024.-