Ordenanza N° 95/2017

  • Fecha de sanción: 12/09/2017
  • N° Promulgación: 3192
  • Decreto Promulgación: 2158/2017

VISTO el expediente nº 72/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 2416-6084/1996 -Alcance 32-, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar la venta y declarar de interés social la escrituración de un inmueble a favor de la Sra. Lorena Elizabet Fernández;   que, de acuerdo al expediente 2416-6084/1996, alcance 32,  por medio […]

VISTO el expediente nº 72/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 2416-6084/1996 -Alcance 32-, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar la venta y declarar de interés social la escrituración de un inmueble a favor de la Sra. Lorena Elizabet Fernández;

que, de acuerdo al expediente 2416-6084/1996, alcance 32,  por medio del cual la Sra. Lorena Elizabet Fernández solicita la regularización ocupacional de la vivienda identificada como casa 20 del Barrio 100 Viviendas COVISOP (Saladillo) e identificada catastralmente como Circunscripción I, Sección M, Chacra 336, Manzana 336 c, Parcela 18, que le fuera adjudicada en venta en el marco del denominado Plan Familia Propietaria;

que, dicho inmueble, conforme surge de la documentación agregada en el expediente mencionado, se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a nombre de la Municipalidad de Saladillo;

que, el artículo 54º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, dispone que “corresponde al  Concejo aprobar la venta y la compra de bienes de la Municipalidad”;

que, debido a todo lo expuesto debe sancionarse una ordenanza que apruebe la venta  efectuada a favor de Lorena Elizabet Fernández, DNI Nº 27.093.448, por el boleto de compraventa de fecha 23 de abril de 1998, suscripto en el marco del Plan Familia Propietaria, como así también que declare de interés social la escrituración;

que, por otro lado, en dicho inmueble se encuentra construida una vivienda del I.V.B.A., por lo que la ordenanza a sancionar debería autorizar al titular a constituir derecho real de hipoteca en caso de corresponder; y

CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 12 de setiembre de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto con un agregado en el Artículo 2º;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Apruébase la venta del inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección M, Chacra 336, Manzana 336c, Parcela 18; inscripto en la Matrícula 2613 del Partido de Saladillo (093), efectuada por la Municipalidad de Saladillo en el marco del denominado Plan Familia Propietaria, por boleto de compraventa de fecha 23 de abril de 1998, a favor de Lorena Elizabet Fernández, D.N.I. Nº 27.093.448.-

ARTICULO 2º: Declárase de interés social la escrituración del inmueble detallado en el artículo anterior a favor de Lorena Elizabet Fernández, D.N.I. Nº 27.093.448,  autorizándose a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a la materialización de la escrituración traslativa de dominio, en los términos de la Ley Nº 10.830 y su Decreto Reglamentario.-

ARTÍCULO 3º: En caso de corresponder autorícese a la Sra. Lorena Elizabet Fernández, D.N.I. Nº 27.093.448, a constituir sobre el inmueble derecho real de hipoteca en favor del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los doce días del mes de setiembre del año dos mil diecisiete.-

ORDENANZA Nº 95/2017.-

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