VISTO el expediente N° 155/2022, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 3215/2022, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio entre la Municipalidad de Saladillo y Junior Achivement Argentina, con el fin de promover las habilidades emprendedoras entre los jóvenes;

que, el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y Junior Achivement Argentina;

que, la Municipalidad a través de la Secretaría de Desarrollo Local busca entre sus objetivos, promover el espíritu emprendedor y potenciar el desarrollo de habilidades emprendedoras entre los jóvenes;

que, Junior Achivement Argentina es una O.N.G. que trabaja fundamentalmente con jóvenes a través del aprendizaje activo en educación financiera, preparación para el trabajo y emprendimiento; particularmente a través de su Programa Aprender a Emprender busca estimular a los jóvenes a crear, organizar y operar un emprendimiento real;

que, el Convenio suscripto tiene como objeto la realización de tres programas educativos de la edición 2022 del Programa Aprender a Emprender;

que, conforme a lo normado por el artículo 41° del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) el convenio mencionado debe ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 01 de noviembre de 2022, este Honorable Cuerpo aprobó por mayoría el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Aprobar el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y Junior Achivement Argentina, que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-

ARTÍCULO 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los Convenios Específicos, Anexos, Actas y/o Acuerdos Complementarios que fueran necesarios para cumplir con el objeto del mismo.-

ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, al primer díaa del mes de noviembre del año dos mil veintidós.-

ORDENANZA N° 103/2022.-

ANEXO I

VISTO el expediente N° 155/2022, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 3215/2022, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio entre la Municipalidad de Saladillo y Junior Achivement Argentina, con el fin de promover las habilidades emprendedoras entre los jóvenes;

que, el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y Junior Achivement Argentina;

que, la Municipalidad a través de la Secretaría de Desarrollo Local busca entre sus objetivos, promover el espíritu emprendedor y potenciar el desarrollo de habilidades emprendedoras entre los jóvenes;

que, Junior Achivement Argentina es una O.N.G. que trabaja fundamentalmente con jóvenes a través del aprendizaje activo en educación financiera, preparación para el trabajo y emprendimiento; particularmente a través de su Programa Aprender a Emprender busca estimular a los jóvenes a crear, organizar y operar un emprendimiento real;

que, el Convenio suscripto tiene como objeto la realización de tres programas educativos de la edición 2022 del Programa Aprender a Emprender;

que, conforme a lo normado por el artículo 41° del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) el convenio mencionado debe ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 01 de noviembre de 2022, este Honorable Cuerpo aprobó por mayoría el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Aprobar el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y Junior Achivement Argentina, que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-

ARTÍCULO 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los Convenios Específicos, Anexos, Actas y/o Acuerdos Complementarios que fueran necesarios para cumplir con el objeto del mismo.-

ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, al primer díaa del mes de noviembre del año dos mil veintidós.-

ORDENANZA N° 103/2022.-

ANEXO I

Buscar proyecto por concejal