VISTO el expediente N° 133/2022, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 2241/2022, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a reconocer y autoriza el pago de la deuda que mantiene la Municipalidad con la Cooperativa Eléctrica de Saladillo;   

que, mediante el expediente N° 2241-S-2022, el Secretario de Economía y Hacienda de la Municipalidad de Saladillo informa acerca de una deuda que la Municipalidad mantiene con la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Ltda.;

que, luego de conciliar la cuenta corriente con la Cooperativa se determinó la existencia de facturas que no fueron contabilizadas por la Municipalidad;

que, la deuda consolidada de períodos anteriores al año 2022 asciende a la suma de pesos un millón seiscientos mil trescientos cuarenta y cuatro con 49/100 ($ 1.600.344,49);

que, conforme al artículo 140° del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, aprobado por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, el Departamento Ejecutivo deberá pedir autorización al Concejo Deliberante para abonar deudas reconocidas de ejercicios anteriores; y

CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 14 de junio de 2022, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Reconocer y autorizar el pago de la deuda que la Municipalidad de Saladillo mantiene con la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Ltda. por la suma de pesos un millón seiscientos mil trescientos cuarenta y cuatro con 49/100 ($1.600.344,49) por el servicio de suministro de energía eléctrica.-

ARTÍCULO 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a acordar planes de pago, como así también a suscribir la documentación que fuera necesaria para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo que antecede.-

ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, archivar y publicar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de junio del año dos mil veintidós.-

ORDENANZA N°36/2022.-

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