VISTO el expediente N° 129/2022, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 1726/2022, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a modificar el artículo 1° de la Ordenanza N° 33/2022;
que, el expediente N° 1726-T-2022 fue iniciado por Tiberi Walter Fabián, en representación de la firma Proalim S.A., manifestando su intención de compra respecto de un inmueble inserto en el Sector Industrial Planificado de Saladillo (S.I.P.SA.), cuya nomenclatura catastral es Circunscripción I; Sección G; Chacra 168; Manzana 168m; Parcela 7;
que, por el artículo 1º de la Ordenanza N° 3809 (HCD N° 33/2022) se autoriza al Departamento Ejecutivo a efectuar la venta a la firma Proalim S. A., inscripta bajo la Matrícula N° 70454 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, CUIT N° 30-71206032-4, con domicilio social en calle Almafuerte Nº 3557 de la ciudad de Saladillo, Provincia de Buenos Aires, de un lote de terreno con todo lo clavado, plantado y existente identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección G, Chacra 168, Manzana 168m, Parcela 7, Partida Inmobiliaria Nº 093-20311;
que, en la redacción del proyecto de Ordenanza se consignó erróneamente y de manera involuntaria el número de Partida Inmobiliaria, y en consecuencia la Ordenanza fue sancionada con la numeración errónea;
que, dicho error es advertido al momento de confeccionar el boleto de compraventa, cuando se constata que la partida inmobiliaria perteneciente al inmueble en cuestión es la Nº 093-20312;
que, resulta necesario subsanar el error a efectos de una correcta identificación del inmueble cuyo dominio se pretende transferir a través del contrato de compra venta a favor de Proalim S.A.; y
CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 28 de junio de 2022, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Modificar el artículo 1º de la Ordenanza Nº 3809 (HCD N° 33/2022), el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a efectuar la venta a la firma Proalim S. A., inscripta bajo la Matrícula Nº 70454 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, CUIT 30-71206032-4, con domicilio social en calle Almafuerte Nº 3557 de la ciudad de Saladillo, provincia de Buenos Aires, de un lote de terreno con todo lo clavado, plantado y existente identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección G, Chacra 168, Manzana 168m, Parcela 7, Partida Inmobiliaria Nº 093-20312”.-
ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de junio de dos mil veintidós.-
ORDENANZA N° 45/2022.-