VISTO el expediente n° 156/2023, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 5173/2022, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a donar inmueble a la Sra. Laura Haydee Ponce;

que, mediante el expediente nº 5173-P-2022, iniciado por Laura Haydee Ponce, D.N.I. Nº 29.033.350, solicita se le otorgue la titularidad dominial, mediante el mecanismo previsto en la Ley 10.830, del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Manzana 2a; Parcela 12;

que, mediante Ordenanza nº 49/1997 el Honorable Concejo Deliberante de Saladillo autorizó al Departamento Ejecutivo a ceder el inmueble en cuestión a la peticionante, no especificando si la cesión sería onerosa o gratuita;

que, del informe socioeconómico (fs. 6/7) surge que la solicitante construyó su vivienda en el inmueble cedido la cual habita junto a su grupo familiar;

que, de la documentación obrante a fs. 9/17 surge que la Municipalidad de Saladillo es la titular dominial de inmueble cedido;

que, resulta necesario consolidar jurídicamente dicha realidad surgiendo de lo dictaminado por el Director de Asuntos Legales que podría adjudicarse a favor de la peticionante, ya sea en donación o por algún otro tipo de acto jurídico;

que, asimismo, y a fin de evitar especulaciones y negocios inmobiliarios, debería establecerse una restricción de ceder el uso del inmueble o transferirlo a terceros, a cualquier título, por un plazo que podría ser de cinco años, a contarse desde el otorgamiento de la escritura, como así también de establecer un cargo por el cual el inmueble debe ser utilizado por la donataria y/o su grupo familiar; 

que, por su parte el Artículo 3º de la Ley 10.830 establece: “La intervención de la Escribanía General de Gobierno deberá ser requerida por los funcionarios que determine el Poder Ejecutivo; y

CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 26 de junio de 2023, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Donar a la Sra.  Laura Haydee Ponce, D.N.I. Nº 29.033.350, el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 2; Manzana 2a; Parcela 12; Partida: 093-14.558.-

ARTÍCULO 2°: La presente donación se realiza con el cargo de utilizar el inmueble únicamente para vivienda de la donataria y/o su grupo familiar.  Para el supuesto en que no cumplieran con el cargo impuesto en el presente artículo, el dominio del inmueble donado quedará retrotraído de pleno derecho a favor de la Municipalidad de Saladillo sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna.-

ARTÍCULO 3°: Asimismo se establece con respecto al inmueble donado la prohibición de ceder su uso, transferirlo, venderlo y/o constituir sobre los mismos derechos reales y/o gravámenes, a favor de terceros, todo ello por el término de 5 años contados a partir de la aceptación de la donación. La violación de la presente prohibición traerá aparejada la revocación de la donación efectuada, y la retrocesión del dominio, de pleno derecho, a favor de la Municipalidad de Saladillo, sin necesidad de interpelación extrajudicial o judicial alguna.

ARTÍCULO 4°: Declarar de interés social la escrituración del inmueble detallado en el artículo 1º a favor de la Sra. Laura Haydee Ponce, D.N.I. Nº 29.033.350, a cuyo efectos requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de autorizar su otorgamiento.

ARTÍCULO 5°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiseis días del mes de junio del año dos mil veintitrés.-

ORDENANZA N° 49/2023.-

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