VISTO el expediente N° 142/2022, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 3065/2022, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio Tripartito de Administración de Fondos entre la Municipalidad de Saladillo, la Dirección General de Cultura y Educación Provincial y el Ministerio de Educación de la Nación;
que, conforme a la Ley N° 26.206 el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, son los responsables de la planificación, organización supervisión y financiación del Sistema Educativo Nacional, garantizando el acceso a la educación en todos los niveles y modalidades, mediante la creación y administración de los establecimientos educativos de gestión estatal;
que, por Resolución Ministerial Nº 1304 del Ministerio de Educación de la Nación, modificada por Resolución Nº 2164, se aprueba el instructivo para la contratación de obras de infraestructura escolar, previendo la posibilidad de que los municipios o jurisdicciones locales se constituyan en Unidades Ejecutoras Locales (U.E.L.);
que, en consecuencia, con fecha 19 de abril de 2022 se suscribe entre el Ministerio de Educación de la Nación, la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Saladillo, un Convenio Tripartito de Administración de Fondos;
que, dicho Convenio tiene por objeto establecer los lineamientos generales para regular los derechos y obligaciones de las partes con relación a las actividades a ser desarrolladas en el marco del financiamiento del Ministerio con carácter no reembolsable;
que, asimismo la Municipalidad de Saladillo acepta el rol de U.E.L. asumiéndose responsable de la administración de los recursos recibidos por el Ministerio;
que, conforme a lo normado por el artículo 41° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y a efectos de dotar de operatividad al mencionado Convenio Marco, resulta necesaria su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 28 de junio de 2022, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Aprobar el Convenio Tripartito de Administración de Fondos suscripto el día 19 de abril de 2022 entre el Ministerio de Educación de la Nación, la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Saladillo, que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-
ARTICULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil veintidós.-
ORDENANZA N° 51/2022.-
ANEXO I