VISTO el expediente N° 195/2022, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 634/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio con el Sr. Fabricio Insaugarat por el daño de un vehículo de su propiedad;
que,mediante el expediente N° 6311-I-2021 el Sr. Fabricio Ezequiel Insaugarat, D.N.I. N° 36.577.813 eleva reclamo manifestando que el día 26 de octubre de 2021, mientras estaba su automóvil estacionado sobre Av. Saavedra (frente al Parque de Madera”), personal de espacios verdes de la Municipalidad se encontraban realizando tareas de corte de pasto cuando piedras arrojadas por una máquina desmalezadora impactan contra su vehículo ocasionando daños en la puerta delantera izquierda y también en el frente del mismo;
que, a folios 2; 6; 9; 10; 11; 14 y 15 obra documental y prueba testimonial;
que, a folios 4 el Subsecretario de Servicios Públicos confirma que ese día se estuvieron realizando trabajos de corte de pasto en el mencionado, pero que ninguno de los agentes municipales notó lo sucedido con respecto al evento dañoso;
que, a folios 7 el Director de Mantenimiento del Parque Automotor cree factible que el daño haya sido ocasionado conforme lo manifiesta el denunciante;
que, a folios 12 el Director de Asuntos Legales, luego de ponderar la prueba obrante en el expediente emite dictamen manifestando que sería posible reparar del daño desde la Administración Municipal, advirtiendo que el dictamen carece de fuerza vinculante para el órgano decisor;
que, a folios 16 obra convenio entre la Municipalidad y Fabricio Ezequiel Insaugarat, D.N.I. N° 36.577.813, por el cual se reconoce el daño en la propiedad y se compromete a reparar el mismo en contrapartida con el desistimiento de la acción y del derecho a iniciar cualquier otro reclamo relacionado con la rotura del cristal lateral izquierdo de su vehículo Peugeot 308 Allure 1.6, dominio NOR236;
que, conforme al artículo 41° del Decreto Ley N° 6769/58 el acuerdo debe ser elevado al Honorable Concejo Deliberante para su aprobación; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 9 de agosto de 2022, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar al mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Convenio suscripto con fecha 28 de junio de 2022 entre la Municipalidad de Saladillo y Fabricio Ezequiel Insaugarat, D.N.I. N° 36.577.813, por medio del cual la primera reconoce adeudar a favor de la segunda, la suma de pesos treinta y cinco mil doscientos ($ 35.200,00) en concepto de indemnización por el daño que le causaran a su vehículo marca Peugeot 308 Allure 1.6, dominio NOR 236, las piedras arrojadas por una desmalezadora contra la puerta delantera izquierda y también en el frente del mismo.-
ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los nueve días del mes de agosto del año dos mil veintidós.-
ORDENANZA N° 64/2022.-