VISTO el expediente N° 301/2023, iniciado por el Bloque de Concejales de Juntos, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a crear un registro de cámaras de videovigilancia privado para el espacio público en el Partido de Saladillo;
que, surge la necesidad de seguir ampliando la videovigilancia de nuestra ciudad;
que, hay un montón de privados y casas particulares que poseen cámaras de videovigilancia;
que, muchas de ellas han servido para esclarecer hechos delictivos y de tránsito;
que, el Centro de Monitoreo Municipal ha sido fundamental para esclarecer distintos hechos de nuestra ciudad;
que, la cooperación del Sistema de Videovigilancia Municipal y el de los privados/particulares servirá para aumentar aún más la cobertura sobre nuestra localidad; y
CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 17 de octubre de 2023, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Seguridad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Crear del Registro de Cámaras de Videovigilancia Privadas que tendrá por función el relevamiento, registro y georreferenciación de las cámaras privadas que capten imágenes y sonidos del espacio público en el ámbito del Partido de Saladillo.-
ARTÍCULO 2º: Las cámaras de videovigilancia privadas podrán ser enlazadas al Centro de Monitoreo Municipal, si este lo solicitase, previo dictamen de la Subsecretaría de Seguridad y conformidad de sus propietarios.-
ARTÍCULO 3º: El mencionado Registro consignará la localización, características de todos los sistemas de captación que instalen los actores del sector privado.-
ARTÍCULO 4º: Confidencialidad. Las imágenes obtenidas tienen carácter confidencial, quedan almacenadas en el Centro de Monitoreo Municipal y sólo pueden ser requeridas por autoridad judicial con competencia en materia penal o de faltas. Se prohíbe la cesión o copia de las imágenes almacenadas, salvo lo dispuesto la autoridad de aplicación.-
ARTÍCULO 5º: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil veintitrés.-
ORDENANZA N° 94/2023.-