PROYECTO IPS

VISTO:

Que los jubilados municipales a la fecha no han percibido los aumentos otorgados por el municipio en octubre de 2022

CONSIDERANDO:

Que la percepción de dichos aumentos es un derecho de los y las jubilados/as;

Que el organismo responsable de garantizar este derecho es el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

Que a pesar de que los y las jubilados/as no se encuentra más dentro de órbita municipal han planteado su reclamo en el Municipio.

Que desde el año 2015 el ejecutivo municipal ha tomado la decisión y el compromiso de una recomposición sostenida del sueldo básico, impactando de manera directa en los haberes de los jubilados.

Que es compromiso del ejecutivo hacer efectivo el cumplimiento de las negociaciones paritarias llevadas adelante con el Sindicato de Trabajadores Municipales de Saladillo y Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN).

Que por ordenanza N° 3795 (HCD N° 9/2022) se dispuso un aumento salarial del 55%.

Que el 23 de septiembre de 2022, se acuerda un nuevo incremento salarial del 25%, aprobado por Ordenanza N° 92/2022.

Que el aumento aprobado mediante Ordenanza 9/2022 más el aprobado por Ordenanza 92/2022 suma un incremento total del 80%.

Que los aumentos otorgados a los empleados/as en actividad fueron efectivos con la siguiente escala de pagos:

  • ABRIL 2022: 20%
  • MAYO 2022: 10%
  • AGOSTO 2022: 10%
  • OCTUBRE 2022: 20%
  • NOVIEMBRE 2022: 10%
  • DICIEMBRE 2022: 10%

 

Y en los haberes jubilatorios aún no se hizo efectivo el aumento del 10% correspondiente a diciembre 2022 del 10%.

Que en los tiempos actuales en los que se tiene una inflación mensual que supera el 6% es imperioso la pronta resolución de este problema y el complimiento de una actualización automática y en simultáneo a los empleados activos.

Que los jubilados y jubiladas requieren de una respuesta inmediata.

 

Por ello, el Bloque de Concejalas y Concejales de JUNTOS presenta el siguiente proyecto de RESOLUCIÓN.

 

ARTÍCULO 1°: Solicítese al organismo provincial, Instituto de Previsión Social (IPS), arbitre los medios necesarios y brinde respuesta inmediata a aquellos jubilados y jubiladas que no han percibido los aumentos otorgados por el municipio de Saladillo.

ARTÍCULO 2°: Solicítese al IPS que las actualizaciones de haberes jubilatorios se realicen en tiempo y forma, no superando los 30 días.

ARTÍCULO 3°: Solicítese al IPS que el pago correspondiente a la deuda generada de diciembre 2022 del 10% del básico, se haga efectivo en su totalidad en una suma que integre los meses de diciembre 2022, enero 2023, febrero 2023, marzo 2023 y abril 2023.

ARTÍCULO 4°: De forma. –

 

 

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